Diez días de vértigo y desconcierto en la Corte
Más de dos años tardó la Corte Suprema en resolver , sin entrar en el fondo del debate, su primer caso vinculado con la ley de tierras y el DNU de Javier Milei que la derogó.
Menos de dos semanas se tomó para encontrar una solución que le permitió revertir los efectos de ese fallo.
Fueron días de desconcierto y vértigo en la Corte, normalmente parcimoniosa, que acortó al máximo todos los plazos del segundo expediente, a punto tal que dos conjueces tuvieron poco más que una noche para ponerle su firma a una medida cautelar de las más extremas, en un “acuerdo extraordinario”, convocado de un día para el otro; acuerdo que en realidad consistió en fijarle fecha y hora al nuevo fallo que dictarían, porque los jueces nunca se reunieron, ni en persona ni de forma virtual.
Durante el puñado de días que, por efecto de la primera sentencia de la Corte, la venta de tierras a extranjeros estuvo permitida sin límites, la oposición se ilusionó con hacer caer todo el gigantesco DNU 70/2023 de Javier Milei y el Gobierno se vio obligado a apurar gestiones imprevistas para impedir que eso prosperara.
En las redes sociales, las críticas a la Corte coparon el debate y, dentro del tribunal, que había dictado el primer fallo por unanimidad, salieron a la luz, otra vez, viejas y nuevas internas .
Esta es la cronología de la novela judicial de la ley de tierras, día por día: Martes 29 de septiembre.
UN FALLO INESPERADO En su acuerdo de los martes, la Corte Suprema incluye un fallo sorprendente, que difunde a la prensa entre las sentencias más trascendentes del día.
Con un argumento exclusivamente procesal, revoca una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que, a pedido de un grupo de excombatientes de Malvinas, había declarado inconstitucional un artículo del gigantesco DNU 70/2023 de Milei y esa decisión tiene un efecto de gran impacto: hace que deje de regir la ley de tierras.
Por ende, caen todas las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros.
Sorprenden el caso elegido y el momento .
La Corte tenía este expediente, en condiciones de ser resuelto, desde mayo de 2024.
No tiene plazos ni una agenda que deba seguir (algo que sí tienen tribunales de otros países y que la Corte instrumentó durante unos meses, pero pronto abandonó porque condicionaba sus movimientos).
No se entiende la elección del caso porque, si quería fallar sobre el DNU 70 -algo que se le reclama desde hace años–, tenía otros expedientes como el planteo de la CGT, en el que incluso hay un dictamen del Procurador General contra la validez del decreto.
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