España reforma la jubilación flexible: quiénes pueden cobrar un complemento de hasta el 25% sobre su pensión
El Real Decreto 416/2026 transforma desde este viernes las reglas de la jubilación flexible en España: los pensionistas que vuelvan al mercado laboral al menos seis meses después de haberse retirado podrán recibir un complemento de hasta el 25% sobre la pensión compatible con el empleo, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La norma, aprobada por el Consejo de Ministros el 27 de mayo y publicada en el BOE ese mismo día, entra en vigor hoy tras un periodo de adaptación de tres meses.
Sustituye a la regulación anterior , vigente desde 2002, y amplía las condiciones bajo las que un jubilado puede compatibilizar el cobro de su prestación con una actividad laboral.
El importe del complemento depende de la jornada realizada.
Cuando el trabajo a tiempo parcial se sitúe entre el 55% y el 80% de una jornada completa comparable, el pensionista recibirá un 25% adicional calculado sobre la pensión que percibía antes de acceder a la jubilación flexible.
Si la jornada se encuentra entre el 33% y menos del 55%, el incremento será del 15%.
Un pensionista con la prestación media de jubilación (1.572 euros brutos mensuales) que trabaje al 60% vería su pensión base ajustada a 943 euros; con el complemento del 25%, pasaría a percibir unos 1.179 euros mensuales, a los que se sumaría el salario del nuevo empleo.
La horquilla de jornada también se modifica.
La normativa anterior permitía trabajar entre el 25% y el 75% de una jornada ordinaria; la nueva regulación eleva el límite máximo al 80% y fija el mínimo en el 33%.
El complemento tiene carácter temporal: cuando cese la actividad laboral compatible, la pensión se restablece en su totalidad desde el primer día del mes siguiente al cese.
La apertura a los autónomos Una de las novedades más comentadas del decreto es la extensión de la jubilación flexible a los trabajadores por cuenta propia , una posibilidad que hasta ahora quedaba vedada.
Los pensionistas que compatibilicen su prestación con una actividad como autónomos percibirán el 25% de la pensión mientras mantengan esa actividad.
Para acceder a esta vía, deberán acreditar que no estuvieron dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la jubilación , un requisito con el que el Gobierno busca garantizar una interrupción efectiva de la actividad profesional.
A cierre de junio de 2026, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones registraba alrededor de 3,5 millones de afiliados al RETA.
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