Polémica por la reelección: dos abogadas piden que la Justicia las habilite a buscar otro mandato en el Consejo de la Magistratura
Dos abogadas de distinta extracción política siguieron el camino inaugurado por un juez de la Casación para poder ser reelegidas en el Consejo de la Magistratura, el órgano que selecciona y remueve a los jueces y que este año renueva ocho autoridades.
Son Fernanda Vázquez , cercana al peronismo, y Jimena de la Torre , ligada a Pro.
Ambas presentaron esta semana una demanda para que la Justicia determine si pueden o no presentarse a un nuevo mandato como representantes del estamento de la abogacía.
Argumentaron que existe una laguna jurídica y recrearon un pedido formulado tiempo atrás por el presidente de la Cámara de Casación, Diego Barroetaveña , que sostuvo que era necesario esclarecer el impacto de un fallo de la Corte Suprema que despertó distintas interpretaciones sobre si es posible la reelección consecutiva dentro del Consejo o hace falta dejar correr un periodo para un nuevo mandato.
El pedido se presentó como una acción declarativa de certeza y en concreto busca determinar cuál es la ley que rige actualmente: si la original, que creó el Consejo y permite la reelección, o la reforma sancionada en 2006, que exige un intervalo para postularse .
Las abogadas solicitaron que su causa tramite en el juzgado 6, junto a la de Barroetaveña, que había conseguido allí una cautelar del juez Enrique Lavié Pico para poder competir.
Pese a que ambos planteos tratan sobre la interpretación del mismo artículo, el juez Lavie Pico consideró el viernes pasado que se trata de dos asuntos distintos y que deben tramitar por separado.
Así, devolvió el expediente de las abogadas al juzgado contencioso administrativo federal N° 2.
Basó su distinción en que el de los jueces y el de los abogados son estamentos distintos dentro del Consejo.
El argumento central del planteo de las abogadas se basa en un fallo de la Corte respecto a la reforma del Consejo que impulsó el kirchnerismo en 2006, que, entre otras cuestiones, modificó la conformación del organismo e introdujo la necesidad del intervalo previo a la reelección de los consejeros.
Se trata del fallo “Colegios”, de 2021; un pronunciamiento en el que el máximo tribunal declaró inconstitucional la nueva conformación del organismo, que con la reforma había pasado de tener 20 miembros a tener 13, y dispuso que, hasta tanto se dictara una nueva legislación, debía recobrar “plena vigencia el régimen previsto por la ley 24.937″, es decir, la ley original.
Vázquez y De la Torre, tal como lo había hecho antes Barroetaveña, sostienen que ese criterio alcanza también a la regla sobre las reelecciones.
“Solicitamos que V.S.
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