Absolvieron al único acusado de cometer un femicidio en Guernica por falta de pruebas: su mamá fue quien lo entregó
La Justicia de La Plata absolvió por mayoría a un hombre, que había llegado al juicio oral detenido con prisión preventiva tras haber sido acusado de ser el autor del femicidio de una joven, ocurrido en Guernica en 2021 , en un contexto que la Fiscalía calificó como violencia de género .
No obstante, el tribunal no estuvo de acuerdo en la contundencia de las pruebas.
La decisión fue comunicada este martes por el Tribunal Oral Criminal (TOC) IV , que consideró que no existía el grado de certeza necesario para atribuirle el crimen y dispuso su inmediata libertad.
El veredicto fue dictado por los jueces Carolina Crispiani, Agustín Amatriain y Ernesto Domenech .
La resolución se destacó por la falta de unanimidad entre los magistrados, debido a que dos votos concluyeron que las pruebas no alcanzaban para una condena.
De acuerdo con la información publicada por el medio platense 0221, la jueza Crispiani sostuvo que la prueba reunida permitía afirmar la participación directa del imputado en la ejecución del femicidio.
Bajo su punto de vista, los indicios analizados en conjunto eran suficientes para atribuirle responsabilidad y descartó la existencia de una duda razonable.
Por el contrario, Amatriain argumentó que las dificultades y omisiones probatorias impedían alcanzar el grado de certeza exigido para una sentencia condenatoria.
Por esto, señaló la falta de pericias de ADN , la ausencia de una investigación suficiente sobre una hipótesis alternativa y elementos que podían ubicar al acusado lejos de la escena en el momento relevante.
Domenech coincidió con Amatriain, tras subrayar que en la escena se hallaron huellas de sangre, un cuchillo con rastros hemáticos, vestigios en las uñas de la víctima y huellas dactilares en bolsas que cubrían su rostro y pies, pero cuestionó que no se hayan realizado pericias para determinar ADN o grupos sanguíneos que permitieran identificar al autor .
Finalmente, también advirtió sobre una hipótesis no investigada en profundidad acerca de la posible intervención de un tercero, en referencia a que la puerta de ingreso estaba violentada.
Luego de que el juicio finalizara con una votación dividida de 2 a 1, el Tribunal Oral Criminal IV concluyó que no era posible dictar condena contra el acusado debido a que la mayoría de sus integrantes entendió que la acusación no había logrado superar el estándar de certeza requerido.
Como resultado, se dispuso la inmediata libertad del imputado después de que hubiera permanecido detenido durante el proceso y llegara al juicio en prisión preventiva.
Por este motivo, la resolución estableció expresamente que la libertad debía hacerse efectiva desde el lugar de detención, previa verificación de que no existiera otro impedimento legal.
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