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Política

Vivienda actualiza la calculadora del alquiler para aplicar el límite del 2% a las subidas de las rentas

El Plural ·
Vivienda actualiza la calculadora del alquiler para aplicar el límite del 2% a las subidas de las rentas

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha actualizado su calculadora del alquiler para incorporar las nuevas restricciones a las subidas de las rentas.

La herramienta, disponible en la página web del departamento, permite a los inquilinos conocer cuál es el importe máximo que puede alcanzar su próxima mensualidad tras la revisión anual del contrato, de acuerdo con las condiciones establecidas en la nueva normativa.

La actualización llega después de la entrada en vigor de uno de los decretos de vivienda, que previsiblemente será sometido a convalidación por la Diputación Permanente del Congreso.

La norma establece que las rentas quedarán congeladas o podrán experimentar un incremento máximo del 2%, en función de las circunstancias de cada contrato.

Según ha informado el Ministerio, la principal novedad de la aplicación es la incorporación de esta limitación extraordinaria a sus cálculos.

La medida afectará a los contratos de arrendamiento de vivienda cuya actualización anual deba realizarse desde la entrada en vigor del decreto y hasta el 31 de diciembre de 2027.

Cómo funciona la calculadora del alquiler El funcionamiento de la herramienta comienza con una pregunta dirigida a los arrendatarios: "Tengo que actualizar el precio del alquiler: ¿cuál es la cantidad máxima que corresponde según mi contrato?".

A partir de ahí, el usuario debe completar tres pasos para obtener el resultado y conocer el importe exacto de la próxima cuota mensual, teniendo en cuenta las nuevas restricciones.

El sistema distingue dos situaciones principales en función de la renta vigente y del umbral establecido por el Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler de Vivienda (Serpavi) para la zona en la que se encuentra el inmueble.

En aquellos casos en los que el alquiler que paga el inquilino supera el límite fijado por el sistema de referencia, la renta deberá permanecer congelada.

Para comprobar si se encuentra en esta situación, la propia calculadora incluye un enlace que permite consultar los precios correspondientes a su área geográfica.

Por el contrario, cuando la renta se sitúa en el límite del Serpavi o por debajo de este, el propietario podrá aplicar la actualización pactada en el contrato.

No obstante, el incremento no podrá superar en ningún caso el máximo extraordinario del 2%.

De esta forma, la herramienta pretende facilitar la aplicación de los nuevos límites y ofrecer a los inquilinos una referencia para comprobar si la subida que les plantea el arrendador se ajusta a las condiciones previstas en la normativa.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.elplural.com — el contenido pertenece a El Plural.

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