Los argumentos del Constitucional sobre el recurso a la ‘ley de nietos’: “La ineficacia administrativa no sirve de fundamento para admitir un amparo”
El Tribunal Constitucional ha inadmitido este miércoles el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión, por orden del Tribunal Supremo, del derecho al voto de los 160.000 españoles nacionalizados en virtud de la ley de nietos.
Dada la relevancia del asunto, y contra la costumbre del órgano de garantías, que suele despachar las inadmisiones con providencias de un par de líneas, esta vez ha dictado un auto para explicar su decisión de inadmitir el recurso del Defensor por “prematuro”, puesto que no se han agotado la vía judicial ordinaria: “El Tribunal Supremo ha de pronunciarse nuevamente, a la vista de las alegaciones de las partes que comparezcan″, afirma el auto, redactado por el magistrado Enrique Arnaldo, en referencia al plazo de alegaciones abierto para que los afectados por la suspensión puedan personarse.
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