La Justicia valida una bolsa de supermercado como prueba incriminatoria contra un narco de Dos Hermanas
El hombre condenado a siete años de cárcel y a una multa de casi un millón de euros por traficar con ocho kilos de cocaína en Dos Hermanas tendrá que cumplir íntegramente sus penas.
Y es que el Tribunal Supremo ha desestimado por completo su recurso de casación contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA , de confirmar por completo la condena inicial de la Audiencia de Sevilla.
Es más, el Supremo valida la bolsa de supermercado usada en la investigación como prueba incriminatoria.Al detalle, el Supremo aborda en una sentencia de fecha del pasado 26 de junio el recurso de casación de la defensa de este hombre, contra la sentencia del TSJA que desestimó ya su recurso de apelación ante la condena de la Sección Séptima de la Audiencia, que le impuso siete años de prisión y una multa de 856.176 euros, por un delito contra la salud pública.Más en concreto, la Audiencia declaró probado que la noche del 25 de mayo de 2022, el encartado acudió en coche a la calle Virgen del Refugio de Dos Hermanas, donde «extrajo del vehículo que conducía una bolsa que contenía ocho paquetes de cocaína con un peso neto total de 8.040 gramos y una riqueza del 75,59 por ciento; y la introdujo en el maletero» de otro coche perteneciente a un varón no incluido en este procedimiento judicial.Persecución policialComo no, el relato de hechos probados declara que el acusado era «consciente de que la droga se destinaría a la distribución a terceros»; toda vez que esta operación fue presencia por agentes de la Policía de Dos Hermanas.
Los efectivos policiales realizaron un seguimiento del inculpado, derivando ello en una persecución en coche, finalmente detenido por los policías.Al día siguiente, según la sentencia inicial de la Audiencia, fue acometido un registro policial de la vivienda del encartado.
En el registro, los agentes encontraron «32 billetes de 50 euros, cinco de 200 euros y 30 de 20 euros en un cajón de la cómoda del dormitorio».
Un dinero que se unía a los nueve billetes de 50 euros, uno de 20 y uno de diez que llevaba encima el acusado a la hora de su arresto.
Los agentes encontraron además en el trastero de la vivienda «una bolsa de plástico de características similare s a la que contenía la droga», cuyo valor en el mercado ilícito habría alcanzado los 484.651 euros.
En su recurso de casación, la representación letrada de este hombre alegaba aspectos como una supuesta desigualdad entre la incriminación policial y su defensa, «al otorgar a la declaración policial un valor de prueba plena pese a no concurrir otros elementos probatorios que la corroboren»; así como la ausencia de huellas del inculpado en las bolsas de droga intervenidas.
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