El ex jefe de Gabinete en el PSOE de Pedro Sánchez pide a la Audiencia Nacional que anule el clonado de su móvil
Serrano lamenta que se le diera la opción de que un perito controlara ese copiado cuando ya era imposible localizar uno El ex jefe de gabinete de Pedro Sánchez en el PSOE pide al juez que le devuelva su móvil tras ser clonado Juan Manuel Serrano, quien fuera jefe de Gabinete del Pedro Sánchez en el PSOE y expresidente de Correos, ha recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el clonado de su teléfono móvil que se produjo, en presencia de su abogado, a mediados del mes de agosto.
Entiende que tanto el procedimiento de la UCO por el que se le incautó el dispositivo en mayo como el acto de volcado de la información que contenía no cumplieron con la legalidad.
En el recurso de apelación, al que ha tenido acceso elDiario.es, recuerda la defensa de Serrano que a finales de mayo los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) le exigieron la entrega inmediata de su iPhone 15 Pro-Max, junto con el pin de acceso y el código de desbloqueo.
Esa reclamación se hizo en plena calle, en la esquina entre Ponzano y Maudes (Madrid) y afea que los agentes “actuaron de forma imperativa y sin resolución judicial que lo permitiera” y le dieron la condición de “investigado no detenido” a pesar de que el juez días antes denegaba esa condición por falta de indicios.
A este hito, la defensa suma que una vez el juez Pedraz autorizó la copia del móvil en presencia del abogado de Serrano, a UCO el 14 y 15 de julio llevó a cabo la extracción en sede policial y “de espaldas” al investigado y de manera “unilateral”, algo que la propia Benemérita calificó con posterioridad como un “posible error”.
El magistrado optó entonces por realizar ese volcado del móvil pero esta vez en sede judicial y en presencia del afectado y de su abogado para que pudieran comprobar que se cumplía con todas las exigencias legales.
Ahora, la defensa entiende que el clonado deviene nulo de pleno derecho y dicha nulidad no se puede subsanar como lo ha pretendido el instructor.
Apunta que no le vale que no hubiera resolución judicial contraria a esa incautación del móvil porque, recuerda, la norma establece que solo puede hacerse lícitamente aquello que la ley o el mandato judicial autoriza“.
Por otro lado, sobre el desprecinto en sede policial sin presencia de Serrano, la defensa explica que no le vale el razonamiento de Pedraz de que se trató de un “error involuntario” porque el auto que autorizaba esa medida invasiva de su privacidad “impuso de forma expresa y reforzada como condición de la diligencia” esa presencialidad del afectado.
Además, explica que el juez ordenaba un análisis previo al volcado y, por tanto, la extracción en bruto de todo no se contemplaba y estaba “fuera de los límites de la autorización”.
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