sábado, 17 de octubre de 2026 MediosSobre🌓
🇪🇸 ES ▾
ÚLTIMA HORA
› Espanyol - Atlético hoy, en directo: partido de LaLiga EA Sports, en vivo› Everton - Chelsea, en directo: Premier League, hoy en vivo› Real Sociedad B - Almería, en directo: LaLiga Hypermotion, hoy en vivo› Brentford - Liverpool, en directo: Premier League, hoy en vivo› Villarreal - Elche, en directo: LaLiga EA Sports, hoy en vivo› Eibar - Mallorca, en directo: LaLiga Hypermotion, hoy en vivo› Protección Civil envía dos ES-Alert a la población por riesgo de inundaciones en Valencia y Alicante y pide evitar desplazamientos› Manchester City - Ipswich, en directo: Premier League, hoy en vivo› Sofía de Suecia vuelve a convertirse en la princesa más elegante con un vestido burdeos del diseñador que triunfa entre las 'royals' europeas› María Pombo celebra pletórica su 32 cumpleaños: el romántico momentazo con Pablo Castellano y una tierna foto inédita de su niñez› Espanyol - Atlético hoy, en directo: partido de LaLiga EA Sports, en vivo› Everton - Chelsea, en directo: Premier League, hoy en vivo› Real Sociedad B - Almería, en directo: LaLiga Hypermotion, hoy en vivo› Brentford - Liverpool, en directo: Premier League, hoy en vivo› Villarreal - Elche, en directo: LaLiga EA Sports, hoy en vivo› Eibar - Mallorca, en directo: LaLiga Hypermotion, hoy en vivo› Protección Civil envía dos ES-Alert a la población por riesgo de inundaciones en Valencia y Alicante y pide evitar desplazamientos› Manchester City - Ipswich, en directo: Premier League, hoy en vivo› Sofía de Suecia vuelve a convertirse en la princesa más elegante con un vestido burdeos del diseñador que triunfa entre las 'royals' europeas› María Pombo celebra pletórica su 32 cumpleaños: el romántico momentazo con Pablo Castellano y una tierna foto inédita de su niñez
Últimas

El extravagante recurso del Defensor del Pueblo

ABC ·
El extravagante recurso del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo ha irrumpido súbitamente en los procesos judiciales abiertos por la aplicación de la llamada «ley de nietos» con un extravagante -y de dudosa legalidad- recurso de amparo, que incluye una aún más extravagante petición de «medidas cautelarísimas» contra la suspensión, acordada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de los efectos electorales de decenas de miles de nacionalizaciones.

El recurso no respeta la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, cuyo artículo 17 Dos dice: «El Defensor del Pueblo no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiere por persona interesada demanda o recurso ante las Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional».

Los supuestos nacionalizados están aún en plazo para personarse ante el Tribunal Supremo y defender sus derechos.

Por esto mismo, el Defensor del Pueblo defiende «hacer uso de su legitimación no para suplir o coadyuvar lo que los restantes sujetos legitimados pueden llevar a cabo (…)» (Informe Anual 2021, Anexo D.5, p.

246).También es contrario a la práctica y a los criterios de la institución.

Desde su puesta en funcionamiento, y según los datos de sus informes anuales, el Defensor del Pueblo solo ha interpuesto once recursos de amparo, el último de ellos en 2015, que fue inadmitido de plano por el Tribunal Constitucional (TC).

Su legitimación para interponer estas demandas de protección constitucional se encuentra en el artículo 161.1 b) de la Constitución, precepto que concede la misma legitimación al Ministerio Fiscal, dato este al que me referiré más adelante.

Desde 2012 hasta 2025, el Defensor del Pueblo, s. e. u o., ha recibido 234 peticiones de interposición de recurso de amparo, de las que solo atendió una, en 2015, con el resultado ya comentado.Por tanto, en la actividad del Defensor del Pueblo, la interposición de recursos de amparo es absolutamente residual.

Y lo es por las razones que se explican en sus informes anuales, que insisten en que la legitimación preferente para acudir en amparo al TC corresponde al ciudadano que ha sido parte en un proceso judicial finalizado por resolución firme, contra la que, como regla general, debe promover un incidente de nulidad; incidente para el que el Defensor del Pueblo no está legitimado (Informe Anual 2012, Anexo E.5, p.

206).

El Defensor del Pueblo no pide amparo a favor de personas perfectamente identificadas cuyos derechos concretos hayan sido vulnerados por resoluciones firmes.

Tampoco ha esperado al agotamiento de la vía judicial, presupuesto inexcusable para que el recurso de amparo no sea extemporáneo.

Leer la noticia completa en ABC ›

5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC.

Este tema en otros medios

Más de ABC

Ver todo ›

Más en Últimas

Ver todo ›