Confirman la condena al alcalde de Pontedeume (PSOE) por lesiones a una vecina
La Audiencia Provincial de La Coruña ha ratificado la condena del alcalde de Pontedeume, Bernardo Fernández (PSOE), por un delito leve de lesiones a una vecina durante una discusión en septiembre de 2024.
La Sección Segunda desestima el recurso presentado en su día por el también secretario general del PSdeG en la provincia de La Coruña y confirma además la multa e indemnización impuesta en su día por el Juzgado de Primera Instancia de Betanzos.
En la sentencia -que es firme y contra la que no cabe recurso ordinario- se reiteran como hechos probados que Fernández «agarró» de los antebrazos a la propietaria de un bar que le reprochaba la denegación de un permiso para instalar «cierta zona de barra durante las fiestas municipales», propinándole «un ligero empujón en ellos para apartarla».
La mujer, «a consecuencia de estos hechos, sufrió lesiones consistentes en crisis de ansiedad» y hematomas en un brazo.Tras conocerse la primera sentencia, en diciembre de 2024, el regidor eumés alegó que recurriría para que se conociera «la verdad» de lo sucedido.
En su recurso, su defensa alegó «falta de coincidencia» entre el relato de los hechos probados con el contenido de la denuncia interpuesta por la denunciante ante la Guardia Civil, lo manifestado por esta mujer en el centro de salud o «todas las contradicciones» de los testigos que declararon en la vista oral.
Sin embargo, tras revisar la grabación del juicio oral, el magistrado de la Audiencia «no aprecia en el testimonio prestado por la denunciante ninguna contradicción relevante que pueda restar fiabilidad a su declaración», y relega a «aspectos accesorios o secundarios» el hecho de posibles contradicciones en los testigos.El fallo reconoce que «nos encontramos ante dos versiones diferentes, aunque coincidentes en algunos aspectos» del incidente entre el alcalde y la vecina del 11 de septiembre de 2024, expuestos en la vista oral.
La mujer «señaló que había discutido con el denunciado, que se había alterado» y que este le propinó «unos golpes a la altura del hombro y que acto seguido le había sujetado con fuerza por las muñecas dándole un empujón».
Por su parte, Fernández «negó estos hechos» aunque «sí admitió haber sujetado a la denunciante, precisando que lo había hecho de una manera leve, con suavidad, y con la intención de tranquilizarla porque estaba alterada y braceaba», en un tiempo que precisó como «décimas de segundo».En la sentencia de la Audiencia Provincial del pasado 30 de septiembre, a la que ha tenido acceso ABC, se recoge que «todos los que declararon en el plenario coincidieron en señalar que el denunciado había sujetado por los brazos a la denunciante, hecho este admitido por el propio denunciado».
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