El juez envía a juicio por estafa a 'Cryptospain', el empresario que donó 100.000 euros en metálico a Alvise Pérez
El magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha dado por concluido el sumario del caso 'Madeira Invest Club' y lo ha enviado a la Sala de lo Penal para que abra juicio oral contra el empresario Álvaro Romillo y otros nueve procesados.
Romillo, alias CryptoSpain , es el presunto cabecilla de la macroestafa investigada.
También está imputado ante el Tribunal Supremo por donar 100.000 euros en metálico a Luis 'Alvise' Pérez, para la presunta financiación ilegal de la candidatura de su formación Se Acabó La Fiesta (SALF) a las elecciones europeas.
El instructor Calama, el mismo que dirige la causa contra el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, atribuye a los procesados delitos de estafa, organización criminal y blanqueo de capitales .
En el auto de este lunes, adelantado por El Español y al que ha accedido 20minutos , el juez señala que las penas a imponer por "esta estafa hiperagravada" pueden alcanzar los 18 años de prisión.
A ello se suma el delito de organización criminal, penado con entre cuatro y ocho años de cárcel.
Entre los procesados están, además de Romillo, su pareja, Mihaela Muntenau Manole, y su padre, Domingo Romillo.
Todos ellos están presuntamente implicados en la supuesta estafa piramidal impulsada bajo la apariencia de un club de inversores, el Madeira Invest Club.
Dicha estafa habría afectado a en torno a 3.000 personas, de acuerdo con el despacho Aránguez Abogados, que representa a una de las plataformas de perjudicados.
Otra de las plataformas está representada por Emilia Zaballos y Francisco Manuel Jiménez, ambos del despacho Zaballos Abogados.
En total, la investigación cifra el perjuicio por encima de los 185 millones de euros.
Finalizada la investigación y el procesamiento de Romillo y el resto de implicados, el magistrado Calama aprecia que han cometido un "delito continuado, con notoria gravedad y perjuicio causado a una generalidad de personas, de estafa cualificada por la especial gravedad, atendido el valor de la defraudación".
Calama cita el artículo 74.2 del Código Penal y apunta que, dado que la estafa ha perjudicado a "una generalidad de personas", se debe imponer la pena superior "en uno o dos grados".
Esto implica que, pese a que la pena prevista por el delito de estafa es de cuatro a ocho años, en este supuesto se debe imponer la superior en un grado —de ocho a 12 años— o en dos grados —de 12 a 18 años—.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.20minutos.es — el contenido pertenece a 20 Minutos Nacional.