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Condenan a una profesora de Primaria por expulsar a los alumnos del aula sin supervisión y hablarles de forma despectiva

ABC España ·
Condenan a una profesora de Primaria por expulsar a los alumnos del aula sin supervisión y hablarles de forma despectiva

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que confirma las sanciones impuestas a una profesora de primaria (y que suman casi 10 meses de suspensión), por varias infracciones graves y una leve, entre ellas, hacer valoraciones despectivas , falta de rendimiento, actuar con negligencia o divulgar cuestiones privadas.El proceso se inició en marzo de 2024, cuando la madre de un alumno de 4º de Primaria presentó una denuncia contra la docente, en la que afirmaba que había cometido malos tratos verbales repetidos hacia su hijo y mala praxis.

Posteriormente, se recibió otra denuncia.

La apertura del expediente disciplinario resolvió la imposición de las sanciones de suspensión, de 8 meses, 1 mes, 15 días y 5 días, por tres infracciones graves y una leve.

En la resolución se detalla que la profesora no mantiene el orden en el aula ni el clima de convivencia, que no evalúa a los alumnos de forma objetiva , que no registra los seguimientos de los programas didácticos, que no aplica medidas de atención a la diversidad o que no sigue la programación didáctica.MÁS INFORMACIÓN noticia Si Condenado un exdiputado de Yolanda Díaz que violó a una menorIgualmente, refleja que incurre en negligencia al expulsar a alumnos fuera del aula sin la supervisión de un adulto , al hablar en alto de forma despectiva y haciendo valoraciones de cuestiones privadas, o al desvelar a familias de alumnos datos personales de otros estudiantes.

La sanción fue recurrida por la profesora, pero un juzgado de lo contencioso administrativo de Ferrol desestimó sus pretensiones, por lo que recurrió al TSXG.

El alto tribunal gallego ha confirmado en una sentencia del pasado mes de junio las sanciones, aunque ha estimado parcialmente el recurso, únicamente en lo que respecta a las costas de primera instancia.

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