El riesgo de inundación cuestiona la construcción de 5.570 viviendas del nuevo POM de Toledo
La inundabilidad de los terrenos condiciona algunos de los principales desarrollos residenciales previstos por el Ayuntamiento de Toledo en el avance del nuevo Plan de Ordenación Municipal (POM), que avanza en su tramitación urbanística.
Los sectores afectados suman una previsión aproximada de 5.570 viviendas, aunque las consecuencias son diferentes en cada uno de ellos.
El documento de alcance de la evaluación ambiental estratégica elaborado por la Consejería de Desarrollo Sostenible plantea desde la reducción de determinados ámbitos hasta considerar «inviable» la clasificación de buena parte de la propuesta relativa a Fábrica de Papel.El informe, firmado el pasado 4 de agosto por el director general de Calidad Ambiental, Tomás Villarrubia, identifica problemas de inundabilidad en La Peraleda, Huerta del Rey, Fábrica de Papel, Azucaica, Azucaica Sur y el este de la urbanización Casa de Campo.
La mayor bolsa de viviendas comprometidas por posibles crecidas del Tajo corresponde a La Peraleda , donde el Ayuntamiento plantea aproximadamente 2.350 viviendas sobre una superficie de 99,20 hectáreas.
Le siguen Azucaica Sur, con 996 viviendas; Azucaica , con 892; AVE-Huerta del Rey , con 839; Fábrica de Papel , con 430; y el desarrollo situado al este de la urbanización Casa de Campo , con otras 63.Las limitaciones apreciadas por Desarrollo Sostenible no suponen que las 5.570 viviendas queden descartadas.
El documento de alcance establece distintos condicionantes en función de cada ámbito y será la evolución de la tramitación ambiental y urbanística la que determine finalmente cómo quedan configurados estos desarrollos.
De hecho, el propio borrador del POM precisa que estas cifras constituyen una estimación preliminar y que el número de viviendas es aproximado.Calidad Ambiental sustenta sus observaciones en las restricciones que establece la normativa vigente para el desarrollo urbanístico en zonas con riesgo de inundación.
El documento recuerda que los instrumentos de ordenación territorial y urbanística no pueden incluir determinaciones incompatibles con los planes de gestión del riesgo de inundación.También recoge las limitaciones establecidas por el Reglamento del Dominio Público Hidráulico para aquellos terrenos que a 30 de diciembre de 2016 se encontraban en situación básica de suelo rural.
En estos suelos no se permiten nuevas edificaciones, ampliaciones de las existentes, cambios de uso que incrementen la vulnerabilidad de personas o bienes frente a las avenidas, garajes subterráneos, sótanos ni instalaciones permanentes de aparcamiento de vehículos en superficie.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC España.