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Política

El Supremo declara extinguida la responsabilidad penal de Junqueras pero con un ataque 'furibundo' al Constitucional

El Plural ·
El Supremo declara extinguida la responsabilidad penal de Junqueras pero con un ataque 'furibundo' al Constitucional

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha declarado extinguida la responsabilidad criminal derivada de la sentencia de la causa del procés respecto de los condenados Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva, en aplicación de la Ley de Amnistía y al asumir en su integridad la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsellera Bassa.

La Sala que ha dictado el auto está formada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta (presidente), Manuel Marchena (ponente) y Antonio del Moral, que no han dudado en dejar por escrito una dura crítica al Tribunal de Garantías.

Entre las lindezas que espetan se encuentra el considerar que en el fallo existe una "innecesaria grandilocuencia" del Constitucional que "revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional" del Supremo Respecto a la petición de eliminación de antecedentes penales anotados a raíz de la sentencia que les condenó, que solicitan los cuatro exmiembros del Gobierno catalán citados, más las defensas de Joaquín Forn, Meritxell Borrás, Carme Forcadell y Josep Rull, condenados en la misma causa, el tribunal acuerda poner en conocimiento del Ministerio de Justicia su auto con el fin de que proceda a ello.

El auto resume las consideraciones de la sentencia del Constitucional para otorgar el amparo y declarar la nulidad de los autos del Supremo que consideraron que la Ley de Amnistía excluía su aplicación al delito de malversación de los condenados en la causa del procés, por concurrir un beneficio personal de naturaleza patrimonial.

Acusan al TC de injerencia Tras destacar que asume en su integridad la decisión del TC, el Supremo resalta que "la fundamentación jurídica de la mayoría que ha inspirado el otorgamiento de amparo incluye consideraciones que son manifiestamente prescindibles para otorgar sentido a la resolución estimatoria.

Atribuir a la interpretación de esta Sala una «drástica contradicción», una «reducción teleológica», una «interpretación extensiva», una «interpretación impredecible de los preceptos aplicables», un distanciamiento del «sentido común», de «la lógica», de la finalidad de la ley y, en fin, la ausencia de un elemental «nexo de coherencia», representa enriquecer su decisión con consideraciones absolutamente innecesarias para el respaldo de lo resuelto".

La corteza de esos vocablos, su innecesaria grandilocuencia revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional que corresponde al Tribunal Supremo con expresiones llamadas a camuflar la intensidad de la injerencia", consideran los magistrados del TS .

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