¿Cuánto vale un escaño en el Congreso? El BOE fija el precio por cada voto y diputado
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha dado a conocer este jueves las cantidades que recibirán las formaciones políticas que concurran a las elecciones del próximo 29 de noviembre .
Los partidos percibirán, entre las subvenciones previstas, un total de 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado.
A esta cantidad se suma otra ayuda vinculada directamente al número de votos.
En el caso de las elecciones al Congreso, las candidaturas recibirán 0,81 euros por cada voto obtenido , siempre que al menos uno de sus candidatos haya conseguido un escaño.
La subvención no se limita a la Cámara Baja.
Por cada voto obtenido por un candidato que haya logrado un escaño en el Senado, las formaciones recibirán 0,32 euros .
Así, las ayudas electorales contemplan dos conceptos principales: una cantidad fija por cada representante conseguido y otra vinculada al número de votos.
En concreto, cada escaño en el Congreso o en el Senado supone 21.167,64 euros de subvención.
En el caso del Congreso, además, se añaden 0,81 euros por cada voto obtenido por la candidatura si esta ha logrado representación.
El límite de gasto también queda fijado El BOE ha establecido, además, el límite de los gastos electorales que podrán realizar las formaciones.
Para cualquiera de las dos Cámaras, la cantidad máxima será el resultado de multiplicar 0,37 euros por el número de habitantes de las circunscripciones en las que cada partido presente sus candidaturas.
Las formaciones también pueden recibir ayudas destinadas a cubrir los gastos derivados del envío directo y personal a los electores de sobres, papeletas, propaganda y publicidad electoral.
La subvención asciende a 0,26 euros por elector en cada circunscripción donde haya presentado candidatura, siempre que la formación haya conseguido constituir un grupo parlamentario propio en alguna de las Cámaras.
Esta cantidad subvencionada no estará incluida dentro de los límites de gastos electorales establecidos , siempre y cuando que se haya justificado el envío de los sobres, papeletas y propaganda.
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