Deniegan el pago de dietas a policías desplazados una semana al incendio de La Vall por un bocadillo
Los sindicatos policiales Jupol y UFP han denunciado la negativa por parte de la Unidad de la Policía Nacional Adscrita a la Comunidad Valenciana de indemnizar por dietas a los agentes que participaron en el dispositivo de emergencia desplegado por el incendio forestal de La Vall d'Uixó el pasado mes de julio, que afectó a la Sierra de Espadán.
Las organizaciones reclaman que la entrega de un bocadillo en jornadas laborales de hasta 13 horas no puede implicar perder automáticamente el complemento.En un escrito presentado esta semana a la Dirección de Seguridad y Emergencias y a la jefatura de la Unidad de la Policía Adscrita, los dos sindicatos defienden que los agentes fueron comisionados de urgencia durante una semana entera, en la que realizaron jornadas que se prolongaron en algunos casos desde las siete de la mañana hasta las ocho de la tarde, bajo circunstancias excepcionales a merced de condiciones ambientales adversas, altas temperaturas, humo, polvo y una considerable exigencia física y operativa.En algunos casos, sostienen, las labores contra el fuego supusieron turnos dobles y la alteración e interrupción de periodos de descansos programados, incluso vacaciones.
Jupol y UFP remarcan que se trató de un «dispositivo extraordinario desarrollado fuera de las condiciones habituales de trabajo».
Por ello, consideran que el desplazamiento fuera del destino ordinario y la duración de las jornadas cumplen los presupuestos para el reconocimiento de las correspondientes indemnizaciones de manutención.MÁS INFORMACIÓN noticia Si Las manos tiznadas por el corcho quemado: «El árbol no ha muerto, pero no sacaremos nada en 45 años»Los sindicatos admiten que durante el operativo se proporcionaron bocadillos y otros elementos de avituallamiento a los agentes, los cuales, a su juicio, no pueden equipararse automáticamente a la manutención indemnizable. «La existencia de un sistema de avituallamiento o la entrega de un bocadillo durante una emergencia no debería confundirse, sin más, con la inexistencia del derecho a la dieta», remarcan en el escrito, al que ha tenido acceso ABC.Además, piden que si existe una instrucción, resolución o criterio administrativo que pueda establecer una reducción o la negación de la dieta cuando se proporcionan alimentos a los agentes, se identifique expresamente y aporte su fundamento jurídico.
Mientras, las organizaciones basan su queja en el régimen general de indemnizaciones por razón del servicio y citan el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, que regula las indemnizaciones por alojamiento y manutención.Del mismo modo, invoca el Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell, en concreto el artículo 7, que hace referencia a la dieta por restauración y los supuestos vinculados a jornadas extensas y desplazamientos.
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