¿Hay voluntad política de resolver la crisis de Ceuta?
El problema de la crisis de Ceuta afecta al orden público.
Pero se podría haber acometido desde el primer día con las numerosas herramientas jurídicas que nuestro ordenamiento.
No usarlas (hasta esta semana) denota una falta de voluntad política por parte del Gobierno.
Obviamente, algunas de ellas requieren decisiones tanto del Consejo de Ministros como del Parlamento, que deberían haberse reunido urgentemente .
Es una lástima que emergencias como las de los incendios o la que se vive en Ceuta no respeten las vacaciones, pero los responsables públicos están para servir a sus conciudadanos en todo momento, aunque ello traiga consigo la suspensión del tiempo de descanso .
Comencemos por la sentencia del Tribunal Supremo , al cual parece que se ha querido responsabiliza r -desde diferentes instancias- del origen de la crisis.
Falso.
Los tribunales sólo aplican la ley, y el Supremo únicamente confirmó (el 29 de junio de 2026) lo que había dicho antes el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (24 de marzo de 2025) y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta (4 de septiembre de 2024).
Lo hizo además aplicando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (sentencias 172/2020 y 13/2021) y la de los tribunales europeos .
La cuestión es que nuestra Ley de Extranjería solo permite el rechazo en frontera cuando la persona que intenta entrar irregularmente lo hace pretendiendo superar " elementos de contención " fronterizos.
Por tanto, la circunstancia era conocida desde septiembre de 2024.
En estos casi dos años, el Gobierno podía haber actuado instalando elementos de contención en las fronteras marítimas similares a los de las fronteras terrestres .
Y modificando la ley.
En primer lugar, ¿qué se hizo desde las primeras sentencias , en 2024 y 2025? ¿qué actuaciones hubo desde que se conoció la sentencia del Supremo a finales de junio de 2026? Ninguna.
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