La Ley de Propiedad Horizontal lo aclara y los expertos coinciden: "puedes aparcar dos vehículos en tu garaje si cumples con las normas"
Si hay algo que une a España es que no hay una comunidad de propietarios donde no haya algún lío.
Los hay de todo tipo, capaces de plantar una piscina hinchable en un edificio de los años 60 o de denunciar a un vecino por tener un perro en casa .
Pero entre los menos exóticos, hay uno que se repite con cierta asiduidad: ¿puedo meter dos vehículos en mi plaza de garaje? Dos (o tres o cuatro o cinco) vehículos por el precio de uno .
Un garaje comunitario es ese espacio dividido en pequeñas parcelas privadas con entrada, salida y un paso común para el movimiento de los vehículos.
Por defecto, podríamos pensar que si el aparcamiento tiene 100 plazas, el número de vehículos que puedan cobijarse bajo techo será otro centenar.
Las dudas surgen cuando un vecino utiliza esa misma plaza para guardar dos vehículos.
Un coche y una moto suele ser lo más habitual pero pensemos, por ejemplo, en un coche y una o más bicicletas o, sencillamente, en cuatro o cinco motos.
Y ahí empiezan los conflictos.
En Xataka "Okupas de garaje": hay gente aparcando su coche todos los días en plazas de aparcamiento que no son las suyas Lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal .
Lo más evidente cuando nos preguntamos sobre esto es acudir a la normativa general para los edificios o los garajes comunitarios.
La respuesta más repetida en diversos artículos de Internet es que acudamos al artículo 9.1 de esta normativa.
En dicho artículo se mencionan diferentes obligaciones del vecino.
Las que encajan con estos casos son las siguientes: a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos. b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
Sin embargo, como vemos, esta redacción sólo sirve para asentar las bases de una conducta, señalar qué está o no permitido en líneas muy generales.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.xataka.com — el contenido pertenece a Xataka.