El Supremo resuelve que cambiarse de sexo no anula una condena previa por violencia de género
El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a utilizar un cambio de sexo para esquivar una condena por violencia de género cuando la modificación registral se haya producido después del delito.
En una sentencia relativa a un caso de maltrato ocurrido en Castellón, la Sala de lo Penal ha resuelto que no se puede alterar así la responsabilidad penal por una agresión cometida cuando el condenado era jurídicamente un hombre y no una mujer.La sentencia recurrida, dictada por un Juzgado de lo Penal y ratificada por la Audiencia Provincial, consideró probado que, el 20 de abril de 2022, el acusado acudió a las inmediaciones del domicilio de su expareja sentimental para ejercer su derecho de visitas con la hija de ocho años que ambos tenían en común.
El relato de hechos añade que, «en un ambiente tenso», el hombre cogió fuertemente del brazo a la pequeña con la intención de «menoscabar su integridad física», acudiendo su madre en su auxilio, propinándole a esta un puñetazo en la cintura, golpes y arañazos en el cuello.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC España.