El informe que el Supremo reclama a la JEC: ¿Cuántos votantes nuevos genera la ley de nietos y a qué municipio son asignados?
La Junta Electoral Central (JEC) tendrá que acelerar los trámites para responder al requerimiento del Tribunal Supremo sobre la conocida como ley de nietos. El órgano electoral se reunirá de urgencia el próximo lunes 14 de septiembre para comenzar a recabar la información que el alto tribunal considera necesaria para determinar el alcance electoral de la normativa . La decisión llega apenas unos días después de que el Supremo suspendiera cautelarmente las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) derivadas de esta ley, salvo en aquellos casos en los que se acredite la condición de descendiente de exiliados.
La cuestión central pasa ahora por conocer cuántos nuevos electores ha generado realmente la aplicación de la Ley de Memoria Democrática y, especialmente, dónde quedan adscritos electoralmente . La JEC deberá obtener de la Oficina del Censo Electoral información que, según la documentación trasladada al Supremo, llevaba reclamando desde hace aproximadamente dos meses. Entre los datos solicitados se encuentra el municipio asignado a los nuevos nacionalizados para ejercer su derecho al voto y la diferenciación entre quienes adquirieron la nacionalidad por los procedimientos ordinarios y quienes lo hicieron al amparo de la disposición conocida como ley de nietos.
El requerimiento afecta también a los registros consulares, que deberán facilitar la información solicitada. El Supremo ha establecido un plazo de 15 días para que se recopilen estos datos, mientras que la JEC contará posteriormente con otros diez para aprobar la correspondiente instrucción. Con el calendario planteado, el proceso debería quedar resuelto, como máximo, el 9 de octubre.
La controversia tiene su origen en la interpretación que se hizo de la Ley de Memoria Democrática tras su entrada en vigor en 2022. La normativa permitió optar a la nacionalidad española a determinados descendientes de españoles que sufrieron exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o relacionados con su orientación o identidad sexual. Sin embargo, una instrucción posterior amplió el alcance práctico de la norma al admitir solicitudes de descendientes más allá de los hijos y nietos, llegando a bisnietos y tataranietos en determinados supuestos . El Supremo cuestiona ahora que esa interpretación pueda aplicarse sin acreditar individualmente la condición de exiliado.
El debate jurídico ha terminado adquiriendo una dimensión política. Vox e Iustitia Europa recurrieron ante el Supremo las actuaciones relacionadas con el censo y defendieron que el incremento de electores podía tener consecuencias electorales. El alto tribunal ha aceptado parcialmente sus medidas cautelares y ha suspendido tanto las nuevas altas en el CERA como los efectos electorales de quienes ya figuran inscritos, salvo que acrediten el exilio de sus ascendientes.
El Gobierno, por su parte, ha rechazado la interpretación de que exista una manipulación del censo y ha mostrado su desacuerdo con la decisión cautelar. Pedro Sánchez ha defendido que la norma está vigente desde 2022 y ha reclamado que el Supremo resuelva con rapidez.
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