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La Audiencia confirma el archivo de la causa contra el colegio por el caso Sandra Peña

ABC ·
La Audiencia confirma el archivo de la causa contra el colegio por el caso Sandra Peña

La causa penal contra la directiva del colegio de las Irlandesas de Loreto ha vuelto a quedarse en suspenso.

La Audiencia Provincial ha confirmado la decisión de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, Plaza 7, de archivar la querella interpuesta por los padres de Sandra Peña , la joven de 14 años que se quitó la vida el 14 de octubre de 2025 tras sufrir presuntamente un episodio continuado de acoso escolar.

El tribunal superior desestima así el recurso de apelación formulado por la familia y ratifica el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra el director del centro, la jefa de estudios, la tutora y la orientadora.El pronunciamiento de la Audiencia viene a consolidar la tesis jurídica que ya informó ABC el pasado mes de mayo tras acceder al auto inicial de archivo: la imposibilidad legal de establecer un nexo de causalidad directo entre las decisiones administrativas adoptadas por el centro escolar y el trágico desenlace de la menor, ocurrido fuera del horario lectivo y en el ámbito estrictamente privado de su domicilio.

Según fuentes consultadas por este periódico, el colegio prefiere mantener la discreción sobre este asunto y no ha querido hacer público el auto, que es muy explícito.

La querella de los padres, Zara y José Manuel, imputaba a los responsables de las Irlandesas de Loreto presuntos delitos de homicidio por imprudencia, lesiones psíquicas imprudentes y trato degradante , fundamentando su acusación en la pasividad del colegio y en la no activación formal del protocolo de prevención del suicidio y de acoso escolar.Sin embargo, la resolución ratificada ahora asume en su integridad los postulados de la Fiscalía.

El Ministerio Público ya advirtió en su escrito de la extrema dificultad para encajar en el Código Penal un delito de comisión por omisión por parte de la escuela.

El pilar de esta argumentación se asienta sobre un principio de territorialidad y competencia de custodia : el deber 'in vigilando' de los educadores expira una vez que el alumno abandona las instalaciones.La justicia argumenta que a los responsables docentes «no les era exigible, de hecho nadie se lo esperaba, que controlaran a la menor en todo momento para evitar que ésta se quitara la vida».

El fatal desenlace, subraya el razonamiento judicial, se produjo en el domicilio , un espacio externo al que en ningún caso habrían podido llegar las medidas de protección implantadas por la institución académica.Medidas previasUno de los caballos de batalla de la acusación particular ha sido el grado de conocimiento que el colegio tenía sobre el supuesto 'bullying' que sufría Sandra.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC.

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