El voto particular en la decisión del Supremo sobre la ‘ley de nietos’: “El 29-N introdujo un elemento nuevo y decisivo”
La decisión que ha adoptado el Tribunal Supremo de mantener la suspensión del derecho al voto de los nacionalizados por la conocida como ley de nietos para las elecciones generales del 29 de noviembre cuenta con la oposición de uno de los seis magistrados que han participado en la deliberación: el de la magistrada Alicia Millán, que ha firmado un voto particular en el que deja por escrito su discrepancia.
A su juicio, el tribunal debió haber estimado la petición de la Abogacía del Estado, que reclamó que se permitiera votar a los hijos y nietos de exiliados que han obtenido la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática porque no hay tiempo para revisar el censo de residentes en el extranjero antes de los comicios.
Millán considera que el adelanto electoral “introdujo un elemento nuevo y decisivo” en el procedimiento judicial, porque la convocatoria a las generales convierte en “irreversible” la eventual “lesión del derecho de sufragio de los afectados”.
Y defiende que, en tales circunstancias, “la preservación del ejercicio efectivo del derecho fundamental de participación política debía prevalecer sobre el mantenimiento de una medida provisional sustentada en una controversia jurídica todavía pendiente de resolución definitiva”.
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