¿En qué consiste la iniciativa de renuncia a la doble nacionalidad?; aquí te contamos
La presidenta de México , Claudia Sheinbaum , presentó una iniciativa con el fin de que políticos renuncien a la doble nacionalidad , en caso de contar con ella.
Además, la envió al Congreso de la Unión el pasado 27 de agosto, pero, ¿en qué consiste?, ¿a quiénes aplica? y ¿en qué condiciones? A continuación, EL UNIVERSAL explica esto.
Modificación al artículo 82 de la Constitución Lo presentado por la mandataria federal y la consejera jurídica del ejecutivo federal, Luisa María Alcalde , es una reforma a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .
Lee también Expertos ven dedicatoria para Cabeza de Vaca en iniciativa contra doble nacionalidad en cargos; advierten trasfondo político Estos hacen referencia a las características con las cuales deben cumplir las candidatas y los candidatos a los cargos de jefatura de gobierno de la Ciudad de México, gubernaturas y presidente del país, que son: Ser ciudadano mexicano de nacimiento, hijo de madre y padre mexicanos Tener 35 años de edad Haber residido en México durante, al menos, 20 años No ocupar algún cargo público La propuesta de Sheinbaum es cubrir un posible vacío con relación a aquellas personas que cuenten con doble nacionalidad y queda de la siguiente forma: Lee también PRI ve discriminación en iniciativa contra doble nacionalidad de políticos; es un retroceso en derechos humanos, dice “Artículo 82.
Para ser Presidente o Presidenta se requiere: I .
Ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos; no tener ni adquirir otra nacionalidad, y en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidata o candidato , y haber residido en el país al menos durante veinte años.
Quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana.
“Y quedan comprendidos en esta prohibición el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogerse a su protección diplomática.
La contravención de esta disposición se sancionará en los términos del Título Cuarto de esta Constitución ”.
Lee también Calderón no ha sido vinculado en lavado de dinero de García Luna, informa Sheinbaum; no descarta que expresidente tuviera conocimiento Esto aplica en los artículos 116 y 132 constitucionales.
Además, propondrán otra iniciativa con los fines de modiciar la Ley de Nacionalidad y brindar un procedimiento para renunciar a la doble nacionalidad ante las autoridades mexicanas y extranjeras.
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