Nuevos lineamientos de derechos de las audiencias violan la ley: la CRT solo vigila, no califica contenidos, alertan organizaciones
Los nuevos lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias otorgan a la autoridad reguladora facultades que contradicen la ley, al permitir la calificación y sanción de contenidos informativos, advierten organizaciones civiles.
Un análisis técnico realizado en el marco de la consulta pública sobre los nuevos lineamientos, subraya que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) , conforme a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), publicada el 16 de julio de 2025, solo está autorizada para vigilar el cumplimiento de reglas y no para calificar la veracidad o el contexto de la información difundida.
El documento firmado por Artículo 19, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE) y Perteneces A.C., respalda que el marco legal vigente establece que la función de la Comisión es exclusivamente de vigilancia administrativa y no de revisión ni valoración editorial.
“La ley le encomendó vigilar el cumplimiento de las reglas, no revisar ni calificar el contenido” , se lee en un comunicado difundido por las organizaciones.
Los nuevos lineamientos trasladan a la autoridad la facultad de definir el discurso El pasado 28 de julio, durante la conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum , la consejera jurídica Luisa María Alcalde presentó los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones que estarían a consulta pública los próximos días.
El ejercicio estuvo abierto desde el 27 de julio hasta el 21 de agosto, periodo durante el cual cualquier persona, organización o sector interesado pudo enviar comentarios y observaciones sobre el proyecto de regulación.
Desde que se anunció la intención de regular los derechos de las audiencias , surgieron diversas críticas y opiniones en torno a la censura y la coerción de la libertad de expresión que estas regulaciones podrían ocasionar.
En ese contexto, el estudio que realizó Artículo 19 y entregó a la CRT durante la consulta pública, la cual contó con la participación de más de 8 mil personas, señala que un órgano regulador no puede convertirse en árbitro de la veracidad ni intervenir en la distinción entre información y opinión.
El texto advierte que los lineamientos “otorgan a la Comisión facultades que el legislador no le confirió, como determinar si una información es falsa o está ‘descontextualizada’, revisar la manera en la que cada medio distingue información de opinión y modificar las decisiones de las personas defensoras de las audiencias” .
Sanciones fuera del marco legal El análisis técnico presentado destaca que los nuevos lineamientos crean un régimen sancionatorio no contemplado por la legislación.
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