CNDH denuncia violencia obstétrica por muerte de mujer indígena náhuatl en Puebla; exige a IMSS Bienestar reparación integral
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) acreditó que una mujer indígena náhuatl murió tras recibir una atención médica inadecuada y ser víctima de violencia obstétrica durante el trabajo de parto en el Hospital de la Mujer y Neonatología de IMSS-Bienestar , en Tehuacán , Puebla , por lo que emitió la Recomendación 27/2026 al organismo para reparar el daño a las víctimas.
En un comunicado, informó que conoció el caso el 7 de marzo de 2025, a partir de una nota periodística que reportó el fallecimiento de la mujer por presunta negligencia médica .
De acuerdo con la investigación, el 2 de marzo de 2025 la mujer acudió acompañada de un familiar al Hospital Comunitario de Zoquitlán , también de IMSS-Bienestar , donde le realizaron un ultrasonido que mostró una cantidad escasa de líquido amniótico, por lo que fue trasladada al Hospital de la Mujer y Neonatología de Tehuacán.
Lee también Migrantes LGBTIQ+ ocultan su orientación para evitar violencia sexual; enfrentan amenazas de grupos criminales, revela informe En esa unidad permaneció varias horas sin una vigilancia adecuada del avance del trabajo de parto.
Las complicaciones obligaron a practicarle una cesárea de urgencia.
La CNDH determinó que la falta de atención oportuna impidió identificar la pérdida de bienestar materno-fetal.
El recién nacido presentó asfixia severa y permaneció hospitalizado durante 10 días, hasta que recuperó su salud.
La madre, en tanto, presentó una hemorragia obstétrica grave que no fue atendida de manera adecuada y oportuna, además de sufrir varios paros cardiacos.
Aunque el personal médico realizó maniobras de reanimación avanzada, su estado continuó deteriorándose y murió el 3 de marzo de 2025.
Lee también Seguridad reúne por primera vez a las 32 entidades para fortalecer carrera policial; destaca coordinación institucional La Comisión señaló que las dos personas médicas que atendieron a la paciente no proporcionaron una atención apropiada para evitar las afectaciones irreparables que sufrió.
Además, acreditó una condición de desigualdad relacionada con su origen.
Al ser una mujer indígena que vivía en una zona rural, no tuvo garantizado el acceso a servicios de salud en una unidad cercana a su domicilio que contara con la capacidad necesaria para atender su embarazo.
Como parte de la recomendación, la CNDH pidió a IMSS-Bienestar gestionar de inmediato la reparación integral del daño y proporcionar atención psicológica y/o tanatológica a las víctimas indirectas.
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