Tribunal de Disciplina Judicial, en la opacidad; Artículo 19 promueve amparo por incumplimiento a la Ley de Transparencia
El Tribunal de Disciplina Judicial ( TDJ ), órgano encargado de vigilar y sancionar el desempeño de jueces y magistrados, opera en condiciones de opacidad y desacato, al omitir —a un año de su instalación formal— su registro como sujeto obligado en la Plataforma Nacional de Transparencia ( PNT ), denunció la organización Artículo 19 .
A través de un comunicado, la asociación civil anunció que promovió un juicio de amparo indirecto contra la negativa de este órgano jurisdiccional para cumplir con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública .
Con la reforma judicial de 2024 se extinguió el Consejo de la Judicatura Federal y se crearon, en sustitución, el TDJ y el Órgano de Administración Judicial ( OAJ ).
Posteriormente, en marzo de 2025, se reformó la ley para establecer el deber de las autoridades para darse de alta como sujetos obligados en la PNT.
Lee también Luisa Alcalde presenta lista de periodistas y políticos que difunden mensajes anti-4T; oposición ve “mensaje de intimidación” El artículo 18° transitorio de la Ley General de Transparencia señala un plazo máximo de 30 días naturales para que el Tribunal de Disciplina cumpliera expresamente con esta disposición.
Sin embargo, aún no es posible realizar consultas ni solicitar información a este órgano del Poder Judicial.
“Actualmente, las personas que buscan información sobre este órgano no pueden realizar su proceso de acceso a la información .
Esto les impide presentar solicitudes de acceso a la información, obtener un folio, darles seguimiento, recibir una respuesta válida y, en su caso, activar los medios ordinarios de impugnación previstos en la legislación de transparencia”, advirtió.
Tribunal de Disciplina pide presentar solicitudes de información por correo electrónico El Tribunal de Disciplina Judicial dijo a EL UNIVERSAL , a través de su módulo de atención ciudadana, que se encuentra habilitada la dirección de correo electrónico [email protected] para la presentación de solicitudes de acceso a la información.
Lee también Ministro en retiro Javier Laynez cuestiona renuncia de Mónica Soto; acusa atropello a la Constitución al no haber causa grave “Lo anterior, a fin de que su solicitud sea recibida y atendida por el área competente , en el ámbito de sus atribuciones”, respondió el TDJ a este diario.
No obstante, Artículo 19 advierte que esto es violatorio a la Ley de Transparencia.
“Este incumplimiento no solo obstaculiza ejercer el derecho de acceso a la información pública , también la transparencia judicial y la rendición de cuentas en procedimientos disciplinarios”, alertó la ONG.
Artículo 19 subrayó que ninguna autoridad puede permanecer fuera del sistema legal bajo argumentos de falta de coordinación interna o ajustes administrativos.
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