Diputados aprueban “Ley Antimemes”, que contempla multas millonarias y hasta 10 años de cárcel
La Cámara de Diputados avaló este miércoles la reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial , conocida como “Ley Antimemes”, que castiga con uno a cinco años de prisión el uso fraudulento de logotipos, emblemas o dominios electrónicos de instituciones públicas, y hasta 10 años cuando se trate de la distribución de contenido protegido por derechos de autor antes de su estreno oficial.
El pleno aprobó el dictamen en lo general con 312 votos a favor y 119 en contra , y en lo particular con 281 votos a favor y 87 en contra .
El proyecto fue turnado al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), paso previo a su entrada en vigor.
La votación se dio tras una sesión de 10 horas en la que participaron al menos 88 legisladores.
Ninguna de las 177 reservas presentadas por la oposición fue aceptada, entre ellas la que buscaba eximir de sanción el uso de logotipos oficiales con fines periodísticos, educativos o de sátira.
Tres escalas de castigo según el delito La reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial no fija una sola pena, sino tres niveles distintos de sanción dentro del mismo paquete legislativo.
El primero, el que motivó el apodo de “Ley Antimemes”, castiga con uno a cinco años de prisión y multa de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien use o imite, a escala comercial, la identidad gráfica de una institución pública para engañar y cometer un delito.
Con el valor vigente de la UMA en 2026 —117.31 pesos diarios—, ese rango equivale a entre 117,310 y 1,173,100 pesos.
El segundo nivel impone de tres a siete años de cárcel y multas de mil a 10 mil días multa a quien, sin autorización y con fines comerciales, suprima o altere información sobre gestión de derechos de autor.
El tercero, el más severo, es sobre la piratería , y llega hasta los 10 años de prisión y multas de dos mil a 20 mil UMA —entre 226,200 y 2,346,200 pesos — para quien divulgue películas, libros o fonogramas antes de su lanzamiento oficial.
La reforma añade un componente de reparación económica independiente de la pena de cárcel.
Fija una indemnización mínima del 40% del precio de venta del producto afectado, con la opción de que la víctima reclame hasta 50,000 UMA, equivalentes a 5,865,500 pesos .
El debate se libró también a golpe de pancartas y memes impresos La discusión en el pleno estuvo acompañada de escenografía sobre el tema.
Legisladores de oposición llevaron a tribuna pancartas con la leyenda “Censura de Morena”, imágenes con memes alusivos a la presidenta Claudia Sheinbaum y al partido en el poder, además de carteles con forma de lápida que decían “aquí murió la libertad de expresión”.
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