IMSS cambia las reglas para la Modalidad 40: cómo te afectará la nueva medida si cotizas por tu cuenta en el seguro
El IMSS cambia las reglas de la Modalidad 40 a partir de este 22 de octubre, luego de un acuerdo publicado este 21 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Si cotizas por tu cuenta o piensas inscribirte, el monto que puedes pagar y la forma de hacerlo ya no son los mismos .
La Modalidad 40 es el esquema que permite a una persona seguir aportando al IMSS por su cuenta, aunque ya no tenga un trabajo formal, para acumular semanas cotizadas y mejorar el monto de su pensión.
El Consejo Técnico del instituto aprobó el cambio el 10 de octubre de 2026 y ordenó revisar en los próximos seis meses si el esquema sigue siendo sostenible para las finanzas del IMSS .
Ya no se puede elegir un salario mucho más alto para cotizar Antes, quien se inscribía podía declarar un salario de hasta 25 Unidad de Medida y Actualización (UMAs) , es decir, 87,983 pesos mensuales con el valor de este año.
Eso le permitía pagar más y, a cambio, recibir una pensión mayor al final.
Con la nueva regla, el salario con el que te puedes inscribir queda limitado al último sueldo que tenías registrado antes de dejar tu empleo, más una UMA, que equivale a 117.31 pesos diarios.
Ya no se puede declarar un monto mucho más alto para elevar la pensión de forma artificial.
En ningún caso ese salario puede ser menor al salario mínimo general vigente para el resto del país.
El IMSS elimina el pago retroactivo para nuevas inscripciones Otro cambio importante: si dejaste de cotizar hace tiempo, ya no puedes regularizar esos meses pagando de forma retroactiva.
Antes era posible cubrir el periodo completo desde que causaste baja del régimen obligatorio.
Ahora, tu inscripción cuenta desde el día en que haces la solicitud , sin importar cuánto tiempo llevabas sin cotizar.
Esto se suma a un requisito que ya existía antes del acuerdo: para entrar a la Modalidad 40 necesitas haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años antes de darte de baja, y no pueden haber pasado más de cinco años desde esa baja.
Quien supera ese plazo ya no puede inscribirse bajo ningún esquema.
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