Fondo de Pensiones para el Bienestar: quién recibe hasta 17,885 pesos extra al mes
El Fondo de Pensiones para el Bienestar puede sumar hasta 17,885.85 pesos mensuales a la jubilación de trabajadores que cotizan bajo el régimen de cuentas individuales, administrado por las Afores .
El complemento busca equiparar el monto final de la pensión con el último salario promedio del trabajador, siempre que existan recursos disponibles en el fideicomiso.
El beneficio no equivale a una pensión asistencial ni a un bono fijo.
Se trata de un aporte adicional que el Gobierno de México deposita cuando el cálculo original de la Afore resulta insuficiente frente al salario de referencia del trabajador, hasta alcanzar el tope autorizado.
Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar El fondo funciona como un complemento solidario que se suma al saldo acumulado en la Afore del trabajador.
No sustituye ni reemplaza ese ahorro individual, sino que lo complementa cuando resulta menor al último salario promedio registrado. ¿Quién recibe el pago de hasta 17,885 pesos extra? Lo reciben los jubilados del régimen de cuentas individuales del IMSS o del ISSSTE que tengan al menos 65 años, cuya pensión calculada por la Afore sea inferior a su último salario promedio, y cuya resolución de pensión se haya emitido a partir de mayo de 2024, fecha en que el mecanismo entró en vigor .
El monto no es fijo para todos los beneficiarios: varía según el historial de cotización y el salario de cada trabajador, y el máximo institucional se fijó en 17,885.85 pesos mensuales.
Requisitos para acceder al complemento Para calificar al tope máximo del depósito mensual, los solicitantes deben cumplir con varias condiciones simultáneas.
En primer lugar, deben pertenecer al régimen de Cuentas Individuales.
Esto significa haber comenzado a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997, bajo la Ley 97, o cotizar en el ISSSTE bajo el esquema de cuentas individuales instaurado en 2007.
También se exige contar con al menos 65 años cumplidos al momento de tramitar la pensión por vejez.
Además, el cálculo inicial proyectado por la Afore debe ser inferior al último salario promedio registrado por el trabajador, con el tope institucional de 17,885.85 pesos como límite máximo.
Por último, la resolución de pensión debe haberse emitido a partir de la entrada en vigor del fondo, en mayo de 2024.
Quedan excluidos de este complemento los pensionados bajo la Ley 73 del IMSS, así como aquellos cuyas percepciones calculadas de origen superen el límite máximo estipulado.
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