Así quedaron los lineamientos para las audiencias; consulta pública modificó intervención del gobierno y sanciones
Antes de su aprobación, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ( CRT ) ajustó los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias con referencia a la libertad de expresión , quejas y sanciones.
En conferencia de prensa, la comisionada presidenta, Norma Solano , detalló que lo anterior derivó de la consulta pública , en la cual participaron casi nueve mil personas, cuyas aportaciones fueron propuestas (5.3 por ciento) y puntos de vista (94.7%).
Así, los cambios hechos a estos Lineamientos, los cuales serán enviados al Diario Oficial de la Federación ( DOF ) en breve con los fines de publicarse y entrar en vigor después de 30 días, quedan de la siguiente manera: Lee también CRT aprueba lineamientos de derechos de las audiencias, con ajustes; rechaza censura y dice que "es un mito" Libertad de expresión El artículo 12 aludía a que las concesionarias de radio y televisión abierta o de paga adoptaran medidas para evitar difundir información calificada como descontextualizada o falsa, "apegándose a los códigos de ética de dicho medio de comunicación con la finalidad de tratar la información noticiosa".
Ahora, dice que tendrán que "preservar la pluralidad y veracidad de la información".
Quejas Con referencia al procedimiento de queja, antes la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, a petición del quejoso, podía intervenir en cualquier momento.
Con el ajuste, ahora sólo podrá hacerlo cuando no se atienda la queja, como, por ejemplo: no fue recibida, no se le da trámite, no existe respuesta.
Lee también CIRT celebra aprobación de nuevos lineamientos para las audiencias; "hay balance entre libertad de expresión y regulación" Sanciones En el artículo 54 de los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias se hace referencia a las sanciones a medios de comunicación en caso de infracción, consistente en una multa del 0.01 por ciento al 1% de los ingresos de las concesionarias de radio o televisión.
Con la modificación las infracciones serán por no contar con código de ética, no tener defensoría de las audiencias y no poner a disposición de los radioescuchas o televidentes mecanismos de defensa.
Cabe decir que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , a partir de 2013, alberga en el artículo 6, apartado B, fracción VI los derechos de las audiencias, los cuales están desglosados en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) el pasado 16 de julio de 2025.
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