México reconoce la capacidad jurídica de personas mayores o con discapacidad, pero Congreso busca aplazar operación de apoyos, acusa colectivo
Organizaciones de personas con discapacidad, personas mayores y profesionales piden al Congreso impedir que la entrada en vigor del procedimiento de designación extraordinaria de apoyos se aplace hasta 2030 , pues advierten que esa prórroga mantendría un vacío de protección para quienes enfrentan barreras para ejercer su capacidad jurídica.
El pronunciamiento, difundido por Yo También , pide a la Cámara de Diputados y al Senado garantizar la aplicación inmediata de ese mecanismo previsto en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado el 7 de junio de 2023.
El procedimiento está regulado en los artículos 445 a 455 del Código.
Esto, luego de que este mes la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que propone aplazar hasta el 1 de abril de 2030 la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Las organizaciones reconocen problemas institucionales, presupuestarios y operativos para aplicar la reforma, aunque sostienen que las demoras administrativas no deben prolongar la ausencia de mecanismos judiciales.
De acuerdo con las organizaciones, el Código Nacional elimina los procedimientos de interdicción que permitían restringir la capacidad jurídica de personas adultas y sustituir su voluntad mediante decisiones de terceros.
El colectivo señala que esas figuras son incompatibles con el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que reconoce el derecho a ejercer la capacidad jurídica en igualdad de condiciones.
La derogación de esos procedimientos surtió efecto desde el 8 de junio de 2023 , de acuerdo con el artículo Décimo Noveno transitorio del decreto.
El pronunciamiento refiere que la SCJN , tanto en su integración anterior como en la actual, sostiene que la interdicción es incompatible con los derechos humanos y que su eliminación no depende de las declaratorias de implementación gradual del Código Nacional.
Las organizaciones también citan la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 11/2023 y la Acción de Inconstitucionalidad 51/2025 como fundamento jurídico para afirmar que los procedimientos de interdicción quedan derogados desde esa fecha.
Por ello, piden que ninguna autoridad condicione esa derogación a la implementación gradual del Código Nacional.
El documento advierte que la eliminación de la interdicción no se acompaña todavía de la entrada en vigor de los nuevos procedimientos judiciales para ejercer la capacidad jurídica con apoyos.
Esa ausencia, sostienen las organizaciones, genera un vacío normativo y procesal que compromete la seguridad jurídica de las personas que requieren mecanismos excepcionales de protección.
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