Consejos de Honor podrán pedir baja del Ejército y la Fuerza Aérea por consumo de drogas, valida la Corte
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) validó este 27 de agosto la facultad de los Consejos de Honor para proponer la baja por mala conducta de personal de tropa y militares de clase auxiliar , al concluir que esa atribución es compatible con los principios de igualdad , no discriminación , progresividad y debido proceso , según un comunicado del Máximo Tribunal.
El caso se originó por la baja de un integrante de la policía militar que dio positivo al consumo de tetrahidrocannabinol (THC), el principal componente psicoactivo de la marihuana .
Con ese resultado, el Consejo de Honor correspondiente calificó la conducta como mala y solicitó su separación del Ejército y la Fuerza Aérea , de acuerdo con la SCJN .
Los Consejos de Honor solo formulan propuestas y no ordenan la baja definitiva El Pleno rechazó que el artículo 36 , fracción III, de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos genere un trato discriminatorio frente a oficiales, jefes y generales, y sostuvo que la facultad de los Consejos de Honor no elimina ni reduce derechos o garantías previamente reconocidas al personal sujeto a un procedimiento disciplinario .
La Corte también determinó que el debido proceso no exige que esos consejos estén integrados solo por profesionales del Derecho , porque no son un órgano jurisdiccional ni pueden decretar por sí mismos la baja definitiva ; su función es calificar conductas ligadas a la disciplina castrense y formular propuestas a la autoridad competente, precisó el comunicado sobre el Amparo en Revisión 79/2026, resuelto en sesión de Pleno este 27 de agosto .
Suprema Corte avala que los padres de militares fallecidos reciban pensión si acreditan dependencia económica La SCJN resolvió el pasado 18 de mayo que madres y padres de militares fallecidos sí pueden recibir pensión por muerte de su hija o hijo , siempre que acrediten dependencia económica , de acuerdo con el tribunal .
El criterio surgió de la revisión del Amparo 398/2025, con el que la Corte confirmó la constitucionalidad de la norma que reconoce a los progenitores como beneficiarios en un nivel equiparable al de viuda , viudo , concubina e hijos.
Sostuvo el Máximo Tribunal que exigir la prueba de dependencia económica es compatible con el derecho a la igualdad , porque “no niega el beneficio , sino que condiciona su acceso a una dependencia real” .
En una publicación en redes sociales, la SCJN señaló que este criterio permite que los padres accedan a la pensión militar cuando demuestren la relación de dependencia , sin afectar el acceso que ya tienen familiares directos como cónyuge, concubina o hijos.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae México.