Suprema Corte ampara a mayas por agua contaminada con plaguicidas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) concedió este 26 de agosto un amparo a comunidades mayas de Hopelchén, Campeche , por indicios de plaguicidas como glifosato en el agua de la región, Según la SCJN en sus redes sociales, el Pleno sostuvo que, ante posibles riesgos ambientales, la falta de certeza científica absoluta no justifica retrasar medidas de protección .
El Máximo Tribunal también ordenó valorar las pruebas con perspectiva intercultural y sin trasladar indebidamente la carga probatoria a las comunidades indígenas .
La resolución instruyó a autoridades federales , estatales y municipales a realizar estudios , monitoreo permanente y acciones de control sobre la calidad del agua y el uso de plaguicidas ; los resultados deberán ser públicos, según la SCJN .
El caso correspondió al Amparo en Revisión 283/2025.
Suprema Corte ordena garantizar 100 litros de agua potable al día por persona en Ecatepec La SCJN ordenó el pasado 24 de agosto garantizar 100 litros de agua potable al día por persona a habitantes de Ecatepec , Estado de México , que promovieron un amparo por el desabasto , según un tuit del Máximo Tribunal publicado este 24 de agosto.
El Pleno instruyó asegurar un suministro suficiente , continuo y de calidad , de preferencia a través de la red hidráulica y, cuando eso no sea posible, mediante alternativas adecuadas.
También ordenó realizar obras para mejorar la infraestructura hídrica y atender de fondo el desabasto en la zona.
La SCJN estableció que el traslado de agua en pipas no basta para cumplir la sentencia si las autoridades no demuestran que el líquido llega efectivamente a las personas , en cantidad suficiente y con calidad adecuada.
Además, el Pleno determinó que no tener contrato con el organismo operador ni comprobantes formales de domicilio no puede convertirse en un obstáculo para acceder al agua , según la SCJN.
El asunto se tramitó en los Amparos en Revisión 13/2026 y 14/2026, además de un recurso de inconformidad previsto en el artículo 201 de la Ley de Amparo 1/2026.
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