San Luis Potosí se protege contra el fracking: comunidad emite reglamento que prohíbe otorgar permisos para esta práctica
En un contexto en el que el gobierno de México anunció que buscaría implementar el fracking de una forma sustentable, el municipio de Ciudad Valles en San Luis Potosí expidió un reglamento que prohíbe otorgar permisos municipales para obras vinculadas con esta práctica de extracción de petróleo.
El ‘Reglamento municipal para la protección del suelo y la prohibición de autorizaciones municipales vinculadas con la fractura hidráulica “fracking”' fue publicado el pasado 17 de agosto en el Periódico Oficial del Estado (POES) de San Luis Potosí, y abarca al municipio de Ciudad Valles, a cargo del presidente municipal Dacid Armando Medina Salazar.
Con este instrumento, autoridades locales rechazan cualquier solicitud de licencia o autorización que facilite infraestructura relacionada con la fractura hidráulica, citando el deber de salvaguardar la vocación agrícola, ambiental y cultural de la región.
Reconocen que el fracking es una decisión federal, pero argumentan que pueden defender su territorio El reglamento destaca que la fractura hidráulica implica perforaciones, inyección de agua y aditivos a presión para extraer hidrocarburos, además de la transformación del entorno por maquinaria pesada, caminos de acceso y uso intensivo de agua.
Aunque acepta se trata de una decisón federal, sí señala que la protección del suelo y el agua, la gestión de residuos, la seguridad de la población y la administración de servicios públicos son competencias municipales que pueden verse afectadas por este tipo de proyectos.
“El presente Reglamento no tiene por objeto autorizar, prohibir, suspender o cancelar asignaciones, contratos, permisos o autorizaciones federales, ni regular directamente las actividades técnicas de exploración o extracción de hidrocarburos”, se lee en el documento.
“No obstante, las obras, instalaciones y transformaciones territoriales asociadas con dichos proyectos pueden incidir en materias expresamente atribuidas al Municipio, entre ellas la formulación y administración de la zonificación; el control y vigilancia de la utilización del suelo; el otorgamiento de licencias y permisos de construcción; la protección civil; los caminos municipales; la protección ecológica local; la gestión de residuos de competencia municipal; y la administración de bienes y servicios públicos municipales”, continúa.
La disposición municipal establece que el Ayuntamiento debe impedir actos administrativos que permitan obras incompatibles con los programas de ordenamiento territorial y ecológico.
Se apoya en los principios de prevención y precaución ante riesgos graves o irreversibles al agua, suelo, salud y formas de vida comunitaria, incluso cuando no exista certeza científica absoluta.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae México.