Seniat exige incluir el RIF en toda publicidad de redes sociales y plataformas digitales
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) estableció la obligatoriedad de mostrar de forma clara y legible el número de Registro de Información Fiscal (RIF) del anunciante en cualquier pieza publicitaria difundida a través de redes sociales y medios digitales.
La medida quedó oficializada mediante la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.435 del 12 de agosto de 2026.
Según el texto, el RIF debe aparecer “en todos los anuncios de publicidad transmitidos por medios de comunicación masiva y de comunicación digital”, lo que incluye plataformas como Instagram, Facebook, TikTok, páginas web y otros canales electrónicos.
La disposición alcanza a comercios, marcas, emprendedores y cualquier persona o entidad que promocione bienes o servicios en el entorno digital.
Aunque la norma permite integrar el número de identificación tributaria de manera discreta dentro del diseño gráfico, sin alterar el mensaje principal, exige que sea visible y legible para facilitar la identificación del anunciante.
Con esta reforma, el SENIAT formaliza la fiscalización directa sobre la presencia comercial y el comercio electrónico en redes sociales, en un contexto de creciente actividad de ventas y publicidad online en el país.
La misma providencia introduce otro cambio significativo: elimina la fecha de vencimiento del comprobante del RIF.
A partir de ahora, el documento no caduca automáticamente y solo deberá actualizarse cuando existan modificaciones en los datos del contribuyente, como cambios de razón social, domicilio fiscal, actividad económica o cese de operaciones.
El comprobante digital puede imprimirse desde el portal oficial del organismo sin necesidad de renovaciones periódicas obligatorias.Esta decisión se produce semanas después de que el superintendente nacional tributario, Román Maniglia, instruyera a los funcionarios a dejar de exigir la exhibición del RIF “en un lugar visible” en establecimientos físicos y a no sancionar por documentos que ya reposan en las bases de datos del SENIAT.
Seniat modifica normativa sobre sistemas de facturación: El RIF ya no vence Sin embargo, la obligación específica de incluir el número fiscal en la publicidad se mantiene y se refuerza con la nueva normativa.
Analistas y gremios comerciales señalan que la medida busca mayor formalización del sector digital y una mejor trazabilidad de las actividades económicas en línea.
Emprendedores y agencias de publicidad ya trabajan en la adaptación de sus piezas para cumplir con el requisito y evitar posibles sanciones.
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