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Ministerio que dirige Diosdado Cabello aplicará multas por discursos de odio: qué cambios contempla la ley

El Pitazo ·

La propuesta de reforma de la Ley contra el odio , avalada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), eliminará las penas de prisión de 10 y 20 años a quienes responsabilicen de delitos de este tipo.

Sin embargo, el proyecto de ley elaborado por el chavismo ahora plantea multas que impondrá el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz a quienes promuevan discursos de odio; es decir, el ministerio que encabeza Diosdado Cabello, a quien señalan constantemente de este tipo de hechos en su programa semanal de los miércoles.

El pasado 28 de septiembre, la encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, pidió a la Asamblea Nacional discutir una reforma del instrumento legal denominado «Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia», aprobada cuando ella fue presidenta de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente en noviembre de 2017.

Aunque desde organizaciones defensoras de derechos humanos y la Plataforma Unitaria Democrática se pidió su derogación, el chavismo optó por la reforma del instrumento.

La ley quitará la palabra odio y se llamaría « Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Convivencia «.

De penas de cárcel con las que condenaron al menos a cuatro mujeres en Monagas, Mérida y Táchira, ahora habría multas equivalentes entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Serán aplicadas a personas que promuevan «discursos de odio, incitación a la guerra, hostigamiento y mensajes con contenido discriminatorio o violento».

El Ministerio de Interiores será el encargado de imponerlas y velar por su cumplimiento; que irá desde la apertura de un proceso formal con un expendiente hasta el plazo de la persona para pagarla, que será de 30 días.

Además, ofrece una alternativa a las multas; se trata de trabajo comunitario que irá de 200 a 600 horas de servicio por discursos de odio u otras formas que considera el proyecto de reforma.

El texto especifica qué es un mensaje de odio: “toda forma de expresión, comunicación, difusión o manifestación pública, realizada por cualquier medio oral, escrito, audiovisual, digital o red electrónica, que promueva o fomente de manera directa y clara la violencia, la discriminación o la persecución violenta contra una persona o un grupo de personas, fundada en motivos de raza, etnia, religión, origen nacional, género, orientación sexual, identidad de género, condición social, discapacidad o filiación política.

No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza políticas, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos”.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en elpitazo.net — el contenido pertenece a El Pitazo.

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