Luces y sombras de la nueva Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles destinados a vivienda
El doblete sísmico que sacudió a Venezuela el pasado 24 de julio dejó a miles de personas sin un techo.
Para mediados de agosto, unas 24.000 personas vivían en escuelas, estadios de béisbol y otras instalaciones transformadas en «campamentos transitorios», según informaron las autoridades.
Sin embargo, la cifra podría crecer a medida que continúan las evaluaciones de las edificaciones.
Por accesoalajusticia.org Para atajar este problema, el Gobierno no solo ha puesto la mirada en el alicaído sector de la construcción —para lo cual reformó recientemente la Ley contra la Estafa Inmobiliaria—, sino también en las miles de viviendas que permanecen desocupadas en todo el país.
Muchas de ellas quedaron vacías como consecuencia de la ola migratoria de los últimos años y se mantienen fuera del mercado de alquiler por el temor de sus propietarios a no poder recuperarlas. «Hay unas 200 mil viviendas en Venezuela que no están alquiladas, porque la gente las resguarda, en virtud de que la ley con la que contamos es retrógrada», declaró el pasado 11 de julio el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, quien aseguró que la nueva Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda, que apareció en la Gaceta Oficial n.º 7.065 extraordinario del 7 de agosto de 2026 ofrecerá a los propietarios e inquilinos las garantías necesarias para arrendar sin temor. ¿Pero este nuevo instrumento corrige las deficiencias y lagunas que en los últimos años han hecho que arrendar una vivienda en Venezuela sea casi una misión imposible? Ante todo, hay que recordar que el mercado de alquiler ha estado fuertemente distorsionado desde la aprobación de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (noviembre de 2011) y la Ley contra el Desalojo y la Desocupación a Arbitraria de Viviendas (mayo de 2011).
Por una parte, las dificultades para recuperar una vivienda arrendada se han agravado por la actuación de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (Sunavi), que funciona más como un embudo institucional que como un mecanismo eficaz para resolver controversias.
Por la otra, la normativa establece un marcado desequilibrio a favor del arrendatario y en perjuicio del arrendador, que termina afectando el ejercicio del derecho humano a la propiedad.
Por ello, es fundamental determinar si el nuevo texto legal supera las trabas establecidas en las leyes antes mencionadas; para determinarlo, se hará mención a lo positivo y lo negativo de la nueva legislación en la materia.
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