Ejecutivo propone eliminar prisión e imponer multa para promotores del odio y la guerra
Eliminar privativa de libertad y en su lugar imponer multas para quienes difundan mensajes de odio, es la propuesta del Ejecutivo Nacional contenida en el proyecto de reforma a la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.
Tal proposición fue remitida por la presidenta Delcy Rodríguez a la Asamblea Nacional el pasado 28 de septiembre y desde allí, a su vez, enviada a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que sus magistrados digan si dicho texto está o no ajustado a la Carta Magna.
En respuesta ello, el pasado 15 de octubre, el TSJ declaró que la reforma propuesta por la presidenta Delcy Rodríguez ‘’guarda plenitud con el ordenamiento jurídico constitucional y en consecuencia esta Sala Constitucional declara su Conformidad Constitucional… todo ello a fin de que se continúe el proceso legislativo para su discusión y aprobación ante la Asamblea Nacional’’.
Tal decisión de la Sala Constitucional está contenida en la sentencia número 1.034 en donde se encuentra inserto el texto íntegro del proyecto de reforma a la Ley contra el Odio.
Allí se propone de entada, suprimir el vigente nombre pasar a renombrarla como Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia.
En la exposición de motivos del proyecto, la Jefa de Estado justifica su propuesta en que ‘’la paz social es una construcción continua que exige la actualización permanente de sus herramientas jurídicas para responder con eficacia, proporcionalidad y apego constitucional a las dinámicas cambiantes de la sociedad’’.
En esa misma dirección la Presidenta aclara que ‘’la propuesta fortalece el ordenamiento jurídico nacional mediante un enfoque de despenalización alineado con los principios de la Organización de Naciones Unidas y estándares internacionales como el Plan de Acción de Rabat, el cual busca delimitar con precisión la frontera entre el libre ejercicio de la libertad de expresión y los discursos odio’’.
Y es por ello, que en el proyecto de reforma se propone modificar el artículo 20 de la mencionada ley, el cual contempla de 10 a 20 años de prisión para quienes difundan mensajes de odio.
Ahora, el Ejecutivo Nacional sugiere que dichas infracciones sean sancionadas con multa por un monto en bolívares equivalentes entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
Las infracciones que serán castigadas con esa multa son: discursos de odio, mensajes de guerra, hostigamiento, mensaje discriminatorio y la publicación o difusión de mensajes de violencia.
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