Estados Unidos autoriza las operaciones financieras para atender la emergencia sísmica en Venezuela
La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió este viernes 16 de octubre la Licencia General N.º 60.
El permiso aprueba de manera temporal las transacciones financieras destinadas a respaldar las labores de socorro y asistencia humanitaria tras el terremoto registrado en Venezuela el pasado 24 de junio de 2026.
La medida entró en vigencia de inmediato y mantendrá su validez hasta el 21 de abril de 2027.
La disposición gubernamental levanta de forma puntual las restricciones fijadas en el Reglamento de Sanciones contra Venezuela.
El texto legal permite el procesamiento y la transferencia de fondos desde o hacia el territorio venezolano a través de personas de terceros países, siempre que los recursos financien de forma exclusiva las actividades de ayuda a los damnificados.
Las instituciones bancarias y los transmisores de dinero registrados en la nación estadounidense cuentan con el aval para procesar los envíos de capital.
Las entidades financieras tomarán como válida la información proporcionada por los remitentes sobre el destino de los fondos, salvo que tengan motivos fundados para sospechar un incumplimiento de la norma.
El documento oficial aclara las limitaciones de la medida y establece que la resolución no autoriza el desbloqueo de bienes o activos retenidos bajo el régimen de sanciones.
Asimismo, el organismo regulador mantiene la prohibición sobre cualquier otra actividad o transacción económica no especificada en el texto de la nueva licencia.
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