TSJ declara constitucional en 48 horas la reforma a la Ley contra el Odio
En un procedimiento resuelto en apenas dos días, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la conformidad constitucional de la iniciativa de Reforma Parcial de la Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, presentada por el Ejecutivo nacional.
La sentencia, con fecha del 15 de octubre de 2026, responde al recurso de control previo de constitucionalidad remitido el pasado 13 de octubre por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, a solicitud de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez.
Con esta decisión, el máximo tribunal autorizó al Parlamento a dar continuidad al debate legislativo para la modificación del instrumento normativo.
La brevedad en la revisión de la reforma parcial contrasta con el estatus de los recursos legales introducidos por organizaciones de la sociedad civil, juristas y sectores de la oposición. Hace casi un mes, diversos grupos consignaron ante el TSJ una demanda formal de nulidad contra la Ley contra el Odio, argumentando que sus enunciados genéricos han sido utilizados de forma recurrente para la persecución política, la censura a medios de comunicación y la criminalización de la disidencia en el país.
Hasta la fecha, la Sala Constitucional no ha emitido un pronunciamiento sobre la admisión ni sobre la medida cautelar de suspensión de la ley solicitada en dicho recurso.
En un procedimiento resuelto en apenas dos días, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la conformidad constitucional de la iniciativa de Reforma Parcial de la Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, presentada por el Ejecutivo nacional.
La sentencia, con fecha del 15 de octubre de 2026, responde al recurso de control previo de constitucionalidad remitido el pasado 13 de octubre por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, a solicitud de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez.
Con esta decisión, el máximo tribunal autorizó al Parlamento a dar continuidad al debate legislativo para la modificación del instrumento normativo.
La brevedad en la revisión de la reforma parcial contrasta con el estatus de los recursos legales introducidos por organizaciones de la sociedad civil, juristas y sectores de la oposición. Hace casi un mes, diversos grupos consignaron ante el TSJ una demanda formal de nulidad contra la Ley contra el Odio, argumentando que sus enunciados genéricos han sido utilizados de forma recurrente para la persecución política, la censura a medios de comunicación y la criminalización de la disidencia en el país.
Hasta la fecha, la Sala Constitucional no ha emitido un pronunciamiento sobre la admisión ni sobre la medida cautelar de suspensión de la ley solicitada en dicho recurso.
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