Fenalco pidió anular el decreto que fijó el salario mínimo de 2026: sostiene que el Gobierno Petro sustituyó los criterios legales
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) reiteró ante el Consejo de Estado su pedido para anular el Decreto 1469 de 2025, que fijó para 2026 un aumento de 23% del salario mínimo, al considerar que el Gobierno anterior dejó de lado los parámetros legales obligatorios.
El gremio sostiene que una eventual nulidad no implicaría la devolución de los salarios ya pagados ni afectaría los derechos adquiridos por los trabajadores.
“El gremio sostiene que el Gobierno anterior sustituyó los criterios establecidos en la ley por una estimación denominada «salario vital», sin carácter vinculante.
La solicitud no pretende afectar los derechos de los trabajadores ni devolver los salarios ya percibidos ", dice el comunicado expedido por Fenalco.
La petición fue presentada en los alegatos de conclusión del proceso y apunta a que el alto tribunal revise la legalidad del decreto.
Fenalco plantea que la decisión también puede precisar las reglas aplicables para definir el salario mínimo de 2027.
El cuestionamiento se centra en los criterios previstos por la Ley 278 de 1996 y el Código Sustantivo del Trabajo: inflación, productividad, crecimiento económico, participación de los salarios en el ingreso nacional y capacidad económica de las empresas.
Para la organización, el decreto no explicó cómo valoró cada uno de esos factores al establecer el incremento.
La agremiación cuestionó que el aumento se hubiera sustentado principalmente en una estimación denominada “salario vital”, incluida en un estudio atribuido a funcionarios o colaboradores de la Organización Internacional del Trabajo.
Fenalco afirma que ese cálculo no tiene carácter normativo vinculante dentro del sistema colombiano de fijación salarial .
La estimación fue de 22,7%, un porcentaje prácticamente coincidente con el incremento finalmente establecido.
Según la federación, darle un peso determinante a esa referencia sustituyó los criterios que exige la legislación.
“El gremio señala que el incremento se sustentó principalmente en una estimación denominada «salario vital», contenida en un estudio atribuido a funcionarios o colaboradores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sin carácter normativo vinculante.
La estimación, equivalente al 22,7%, prácticamente coincidió con el aumento decretado ”, se añade en el documento.
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