Alejandro Eder, alcalde de Cali, tendrá cinco días de arresto por desacato a una tutela: esta es la sanción judicial
El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali sancionó con cinco días de arresto al alcalde de Cali, Alejandro Eder, por desacatar una tutela relacionada con la entrega de información sobre cuatro convenios entre la Alcaldía y Propacífico.
La medida también contempla una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales, aunque todavía debe ser revisada por un juez de segunda instancia.
La decisión fue adoptada el 17 de septiembre de 2026, dentro de un incidente de desacato promovido por el abogado Elmer José Montaña Gallego.
El proceso surgió tras una tutela fallada el 13 de agosto, en la cual se ordenó a la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali responder de fondo un derecho de petición presentado en abril.
El despacho judicial concluyó que la administración municipal sí remitió documentos durante el trámite, pero consideró que la respuesta no resolvió de forma clara, puntual y precisa los requerimientos del solicitante.
También señaló que no encontró constancia de que la contestación hubiese sido enviada al correo electrónico informado por Montaña.
La tutela exigía precisar los convenios con Propacífico La controversia se originó en una petición presentada el 23 de abril de 2026.
Montaña solicitó información y soportes sobre los convenios suscritos entre la Alcaldía de Cali y Propacífico, una entidad privada que participa en iniciativas de desarrollo regional.
De acuerdo con el expediente, la tutela ordenó a la administración distrital entregar, en un plazo de tres días, los documentos y las pruebas que respaldaran cuatro convenios.
La solicitud incluía precisiones técnicas y contractuales, además de los anexos correspondientes.
El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias abrió el incidente de desacato el 1 de septiembre, luego de requerir inicialmente a la entidad por medio de su representante legal, Alejandro Eder.
La Alcaldía remitió una respuesta el 4 de septiembre a través de su Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública.
No obstante, el juez Carlos Julio Restrepo Guevara sostuvo que los documentos aportados no demostraban el cumplimiento integral de la orden de tutela.
“No se observa en los documentales arrimados respuesta de manera clara, puntual y precisa a las peticiones presentadas por el accionante”, indicó el auto interlocutorio .
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