Pisó un pozo con agua con su bicicleta, cayó y se fracturó un brazo: diez años después, la Justicia rechazó su demanda
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín dictó sentencia en un expediente que enfrentó a una mujer y a la municipalidad de una localidad de la zona norte del Gran Buenos Aires por una reclamación de daños y perjuicios derivados de un accidente en la vía pública.
El eje del caso giró en torno a la negativa de la Justicia a conceder una indemnización por un accidente sufrido en diciembre de 2016, cuando la demandante manifestó haber caído de su bicicleta al atravesar un pozo cubierto de agua .
La demanda se inició con el objetivo de obtener una reparación económica por lesiones que, según el relato presentado ante el tribunal, ocurrieron al circular en bicicleta por una arteria pública en mal estado.
La reclamante, de 56 años al momento del hecho, sostuvo que la falta de mantenimiento por parte del municipio generó un riesgo que derivó en su caída y posterior lesión en el brazo derecho .
La sentencia de primera instancia rechazó la pretensión indemnizatoria.
La jueza fundamentó su decisión en la ausencia de pruebas concretas que acreditaran las condiciones de modo, tiempo y lugar en las que ocurrió el hecho denunciado .
Además, remarcó inconsistencias entre el relato de la demanda y la documentación médica aportada, especialmente en lo que respecta a la atención recibida el mismo día del supuesto accidente, el 1 de diciembre de 2016.
Según la resolución, la prueba testimonial fue valorada con especial rigurosidad debido a que los testigos presentados mantenían vínculos de cercanía con la demandante.
La magistrada también sugirió la posibilidad de que la propia conducta de la reclamante influyera en el accidente por no adoptar las precauciones necesarias al circular por la zona .
Como resultado, la sentencia impuso las costas del proceso a la parte que inició la demanda.
La acción judicial continuó en la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, donde la demandante presentó un recurso de apelación.
Los agravios principales apuntaron a la supuesta arbitrariedad en la valoración de la prueba testimonial, la omisión de considerar determinados hechos como no controvertidos —como el ingreso por guardia el día del accidente— y la atribución de culpa a la persona lesionada.
Entre los argumentos de la apelación, se destacó que la municipalidad habría reconocido que la lesionada fue atendida por guardia el 1 de diciembre de 2016, hecho que, según la parte reclamante, no fue debidamente ponderado en la sentencia original.
Además, se intentó incorporar nueva documentación para respaldar el ingreso hospitalario, alegando que esa constancia solo pudo obtenerse después del fallo en primera instancia.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae.