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Trajo al Perú productos de Hello Kitty and Friends y lo multaron con S/ 640 mil por no respetar el derecho de autor

Infobae ·
Trajo al Perú productos de Hello Kitty and Friends y lo multaron con S/ 640 mil por no respetar el derecho de autor

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi confirmó que la empresa Festivity S.A.C. infringió la legislación sobre Derecho de Autor al importar al Perú productos que reproducían, sin autorización, las obras artísticas asociadas a Hello Kitty , My Melody, Kuromi y Cinnamoroll, personajes de titularidad de Sanrio Company Ltd.

La resolución corresponde al 15 de julio de 2026.

El caso se originó tras una denuncia presentada por Sanrio en marzo de 2025, luego de que detectara una importación realizada por Festivity.

Durante una inspección, Indecopi incautó un total de 20.000 productos, entre carteras de peluche, cartucheras, mochilas, loncheras, globos metálicos y peluches.

Aunque la empresa apeló la decisión inicial, la segunda instancia ratificó la existencia de la infracción y redujo la multa .

Indecopi detectó 20.000 productos La denuncia señalaba que Festivity había ingresado al país mercancía bajo la DAM N° 118-2025-10-092444-01-2-00, con fecha 5 de marzo de 2025.

Sanrio sostuvo que los artículos reproducían sus obras sin contar con autorización y solicitó medidas como la inspección, el comiso de la mercadería y la imposición de una sanción .

El 31 de marzo de 2025, personal del Indecopi realizó la diligencia y constató la existencia de 20.000 productos .

Entre ellos había 960 carteras de peluche, 2.680 cartucheras y mochilas, 1.200 loncheras, 10.000 globos metálicos, además de 480 peluches, otros 960 peluches y 720 unidades adicionales, distribuidas en distintas series de la declaración aduanera.

Tribunal confirmó la infracción por importación La Comisión de Derecho de Autor había declarado fundada la denuncia en el extremo referido a la importación de productos que reproducían las obras de Sanrio .

Sin embargo, consideró infundada la acusación relacionada con el derecho de distribución, debido a que la mercadería fue incautada antes de ser comercializada en el mercado peruano.

Festivity apeló la decisión y cuestionó tanto la existencia de la infracción como el monto de la sanción.

Al revisar el caso, la Sala concluyó que los productos importados reproducían elementos característicos de los personajes protegidos.

En el caso de Hello Kitty , identificó rasgos como la figura antropomorfa de una gata, la nariz amarilla, los ojos ovalados, las orejas puntiagudas y el moño.

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