Un fallo de Casación respaldó a los fiscales interinos y fijó un criterio clave para el sistema acusatorio
Una causa por 167 gramos de marihuana escondidos debajo de una baldosa en una celda terminó abriendo una discusión mucho más amplia: quién está habilitado para acusar en nombre del Estado dentro del nuevo sistema acusatorio federal .
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió ahora que los fiscales interinos sí pueden hacerlo y revocó al juez que había invalidado su intervención.
La decisión fue adoptada de manera unipersonal por el camarista Daniel Antonio Petrone y dejó sin efecto una resolución del juez con funciones de revisión de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra .
El conflicto se produjo en la causa contra Marcelo Alejandro Cáceres , acusado de haber tenido el 11 de marzo de 2025 un total de 167,25 gramos de cannabis distribuidos en trece envoltorios y ocultos debajo de una baldosa de la celda N°24 del Pabellón N°1 de la Unidad N°15 del Servicio Penitenciario Federal, donde se encontraba alojado solo.
La fiscalía calificó el hecho como tenencia simple de estupefacientes y solicitó un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo , además de una multa y la declaración de reincidencia.
Sin embargo, cuando llegó el momento de controlar esa acusación, el debate dejó de girar sobre la droga .
La fiscal federal interina Sandra Susana Fernández había firmado el requerimiento contra Cáceres el 20 de marzo pasado.
En la audiencia posterior intervino Pablo Fernando Mansilla , también fiscal interino de la Unidad Fiscal Río Gallegos.
El camarista Leal de Ibarra cuestionó de oficio la validez de ambas intervenciones.
Entendió que Fernández y Mansilla no habían atravesado el procedimiento correspondiente a la designación definitiva de fiscales y, por ese motivo, declaró inválida la participación del Ministerio Público .
Además, ordenó que la acusación fuera ratificada dentro de diez días por otro fiscal.
El Ministerio Público recurrió.
Sostuvo que esa decisión desconocía su autonomía y las facultades que la ley le otorga al procurador general para cubrir provisoriamente las vacantes.
Dos formas de cubrir una fiscalía El punto central del fallo de Casación está en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal N°27.148 .
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