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Vialidad: revés para Máximo y Florencia Kirchner por el embargo de San José 1111 y otros bienes

Infobae ·
Vialidad: revés para Máximo y Florencia Kirchner por el embargo de San José 1111 y otros bienes

La Cámara Federal de Casación rechazó un recurso de Máximo y Florencia Kirchner y dejó firmes embargos preventivos de los bienes de las sociedades Hotesur y Los Sauces de las que ambos son accionistas, dispuestos en la causa Vialidad como parte del trámite de ejecución del decomiso de la condena a su madre, Cristina Kirchner.

Entre estas propiedades está el departamento de San José 1111 donde la ex presidenta cumple arresto domiciliario.

Casación desestimó por “inadmisible” el planteo contra esa decisión del Tribunal Oral Federal 2 que hicieron los hijos de la expresidenta, condenada a seis años de prisión.

La resolución fue firmada por mayoría en la sala IV del máximo tribunal penal federal del país con los votos de los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña , mientras que Mariano Borinsky se pronunció en disidencia por habilitar el tratamiento de la apelación, según el fallo al que tuvo acceso Infobae .

Los embargos preventivos El apoderado de los hijos de CFK , Luis Goldín , presentó el recurso contra la decisión del Tribunal Oral Federal 2 que ejecuta el decomiso en la causa Vialidad donde fue condenada la ex presidenta y que el 11 de agosto pasado ordenó el embargo preventivo de los bienes de las sociedades Hotesur y Los Sauces , que tienen como accionistas a Máximo y Florencia Kirchner .

En el listado está el departamento de San José 1111, en Constitución.

También hay dúplex, un departamento y cocheras en el Complejo Madero Center e inmuebles en Río Gallegos y El Calafate; y el Hotel La Aldea del Chaltén.

La medida se dictó mientras se resuelve el pedido de decomiso sobre esos bienes hecho por la fiscalía.

El lunes pasado Casación rechazó una queja de la defensa de la ex presidenta por el mismo tema.

En la decisión que tomaron este viernes sobre el planteo de los hijos, que no fueron acusados en Vialidad , los camaristas Hornos y Barroetaveña reiteraron que se trata de un embargo preventivo y que el Tribunal Oral Federal 2 aún no decidió si corresponde o no decomisar estos bienes.

“La distinción resulta dirimente, pues el examen de admisibilidad que aquí debe practicarse versa sobre una medida cautelar y no sobre un pronunciamiento que defina el destino final de los activos”, sostuvieron.

El voto mayoritario remarcó que, como regla, las resoluciones vinculadas con medidas cautelares no habilitan una revisión por Casación .

“Tales decisiones no ponen fin al proceso ni impiden su continuación y, salvo casos excepcionales, no ocasionan un agravio imposible de reparar ulteriormente”, afirmaron los magistrados.

En su voto, el juez Mariano Borinsky consideró que la apelación debía ser admitida.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae.

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