La Audiencia Provincial de Aragón confirma la condena a un hombre por estafar 3.600 euros con el alquiler falso de una vivienda en Zaragoza
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha ratificado, en una sentencia dictada el 17 de julio, la pena de tres años, seis meses y un día de prisión contra un hombre que engañó a varias personas con el falso alquiler de una vivienda en Zaragoza .
Así, el fallo confirma la resolución previa de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que había calificado los hechos como un delito continuado de estafa agravada.
Todo comenzó a finales de enero de 2025 , cuando el condenado publicó el anuncio de un piso en Zaragoza sin ser su propietario ni tener autorización para arrendarlo .
Varios interesados contactaron con él y, convencidos de que abonaban una reserva legítima, realizaron pagos mediante transferencias bancarias y Bizum.
En total, 3.600 euros terminaron en una cuenta que el acusado había abierto pocos días antes, específicamente el 27 de enero de 2025, apenas 72 horas antes de recibir los primeros ingresos.
La defensa del condenado recurrió la sentencia ante el TSJ de Aragón e intentó desmontar varios de los argumentos que sustentaban la condena, entre ellos la forma en que se había demostrado su identidad como autor del engaño.
Conversaciones de WhatsApp y los comprobantes de Bizum Uno de los principales frentes de la apelación fue la validez de las capturas de pantalla de WhatsApp y los justificantes de pago aportados por las víctimas .
Los abogados del acusado argumentaron que, al cuestionarse la autenticidad de esas pruebas digitales, se debía realizar una pericia informática y un cotejo técnico antes de admitirlas como válidas.
Pero el tribunal rechazó este planteamiento.
Citó la sentencia del Tribunal Supremo número 43/2026, del 16 de enero, que distingue entre la posibilidad teórica de manipular una prueba digital y la demostración real de que efectivamente fue alterada.
“Que una prueba pueda ser manipulada en abstracto es una cosa, y otra muy diferente es que lo haya sido”, recuerda el TSJ al retomar ese criterio jurisprudencial.
Según la Sala, la clave está en analizar el conjunto del material probatorio , no cada elemento por separado.
En este caso, las víctimas comparecieron durante el juicio oral y confirmaron el contenido de las conversaciones, los números de teléfono empleados por el estafador y los pagos que efectivamente realizaron.
Un rastro de pruebas que apuntaba en una sola dirección La documentación bancaria terminó de reforzar el caso contra el acusado.
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