Multan con más de S/ 400 mil a banco peruano por llamadas spam
El Banco Internacional del Perú ( Interbank ) recibió una multa de 74,88 UIT , equivalente a S/ 411.840 , por realizar comunicaciones comerciales sin demostrar que contaba con la autorización previa de los consumidores.
La sanción fue impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 del Indecopi .
El caso se inició tras una investigación de la Dirección de Fiscalización del Indecopi , que recurrió a herramientas de inteligencia artificial y ciencia de datos para analizar un amplio volumen de grabaciones telefónicas.
Con este mecanismo se identificaron comunicaciones con contenido comercial que posteriormente fueron revisadas para determinar si existía el consentimiento requerido. ¿Cómo se detectaron las llamadas? La investigación permitió ubicar llamadas de carácter comercial mediante el análisis automatizado de las grabaciones.
Luego, el personal de la Secretaría Técnica de la Comisión examinó las comunicaciones seleccionadas y verificó cuáles no contaban con evidencia que acreditara la autorización de los consumidores .
Tras revisar los elementos presentados durante el procedimiento, la Comisión concluyó que se había configurado una infracción a las normas de protección al consumidor .
De esta manera, Interbank fue sancionado por efectuar comunicaciones comerciales sin acreditar el consentimiento previo exigido. ¿Qué establece la norma sobre las llamadas comerciales? El Código de Protección y Defensa del Consumidor señala que las empresas no pueden efectuar llamadas, enviar mensajes de texto ni realizar comunicaciones electrónicas con fines publicitarios si antes no obtuvieron el consentimiento informado, expreso e inequívoco del consumidor.
Esta regulación busca preservar la libertad de elección de las personas y brindar protección frente al empleo de métodos comerciales considerados agresivos.
Por ello, las empresas deben contar con la autorización correspondiente antes de utilizar estos canales con fines publicitarios.
Interbank puede apelar la sanción La resolución emitida contra el banco corresponde a la primera instancia administrativa , por lo que todavía no constituye una decisión definitiva dentro de la vía administrativa.
Interbank cuenta con un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución para presentar un recurso de apelación.
De interponerse este recurso, el caso será revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi , instancia encargada de evaluar la decisión adoptada por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3.
Resolución puede ser consultada La resolución que contiene la decisión es de acceso público y puede revisarse en el buscador de resoluciones de protección al consumidor del Indecopi.
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