El Senasa habilitó a las fundaciones de lucha contra la aftosa a vender dispositivos de identificación electrónica
El Senasa habilitó a las fundaciones de lucha contra la fiebre aftosa y a otros entes sanitarios que participan de las campañas oficiales de vacunación a comercializar dispositivos de identificación electrónica animal.
La medida busca ampliar la red de distribución y facilitar la implementación del sistema obligatorio de identificación individual del ganado.
La decisión quedó establecida en la resolución 898/2026, publicada en el Boletín Oficial, que autoriza a esas entidades a incorporarse a la red de distribución de los proveedores de dispositivos oficiales inscriptos ante el organismo sanitario.
Carne a Europa: los frigoríficos empiezan a exigir trazabilidad y hay un debate por los precios La norma alcanza a los entes sanitarios locales, las fundaciones de lucha contra la fiebre aftosa y otras entidades que ejecutan campañas de vacunación contra esa enfermedad en el marco de los planes oficiales del Senasa.
Hasta ahora, los productores debían adquirir los dispositivos a través de proveedores habilitados y de sus redes de distribución.
Con la nueva disposición, las entidades podrán comprar los dispositivos directamente a esos proveedores y comercializarlos entre los productores de su jurisdicción.
También estarán autorizadas a entregarlos y a ofrecer servicios de colocación y lectura electrónica de las identificaciones en los establecimientos ganaderos.
El lado B de la crecida del Paraná: refuerzan controles para evitar el robo de ganado que sale de las islas En la resolución, el organismo destacó que los entes sanitarios cuentan con “capacidad operativa, presencia territorial y experiencia en la realización de tareas sanitarias en los establecimientos ganaderos” que justifican su incorporación a la red de distribución para mejorar la implementación del sistema nacional.
La autorización se vincula con el Sistema Nacional de Identificación Electrónica de Animales, que el Senasa mantiene en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
La resolución 530/2025 estableció las características y especificaciones técnicas de los dispositivos oficiales, mientras que la resolución 841/2025 aprobó la norma técnica para la identificación individual electrónica obligatoria de bovinos, bubalinos y cérvidos.
La nueva norma no convierte a las fundaciones en proveedores oficiales de los dispositivos.
Se establece expresamente que su incorporación a la red de distribución “no les otorga el carácter de Proveedores de Dispositivos Oficiales de Identificación Animal”.
Su actuación queda limitada a la adquisición, custodia, entrega y comercialización de los dispositivos, además de los servicios de colocación, lectura y registro contemplados en la resolución.
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