Día del Empleado de Comercio: cuánto se paga por trabajar el lunes 28 de septiembre de 2026
El Día del Empleado de Comercio tendrá una modificación en su calendario para 2026.
Aunque la fecha establecida por la Ley 26.541 es el 26 de septiembre, este año caerá en sábado y el descanso se trasladará al lunes 28 de septiembre.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que el traslado fue acordado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector.
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y contempla un recargo del 100% para quienes trabajen durante esa jornada.
Cuándo es el Día del Empleado de Comercio en 2026 La Ley 26.541 fija el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio.
Sin embargo, como en 2026 esa fecha coincide con un sábado, las partes acordaron trasladar el descanso al lunes 28 de septiembre .
El cambio no modifica la fecha establecida legalmente, sino que determina cuándo se efectiviza el descanso durante este año.
La medida está dirigida a los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75.
Para quienes estén alcanzados, el lunes 28 tendrá los efectos previstos para esta jornada especial y se podrá optar por trabajar o no.
Cuánto cobra un empleado de comercio si trabaja el lunes 28 Los empleados comprendidos en el convenio que presten tareas durante el lunes 28 deberán recibir un recargo del 100% sobre la remuneración correspondiente a la jornada trabajada .
Por el contrario, quienes decidan no trabajar conservan el descanso correspondiente y su remuneración mensual no debe verse reducida por esa decisión.
Además, la jornada no puede computarse como franco compensatorio del descanso semanal.
Por eso, el lunes 28 no funciona como un día laboral común para los trabajadores alcanzados por el régimen mercantil.
Qué pasa si el empleado de comercio no trabaja El trabajador comprendido en el CCT 130/75 puede optar por no prestar tareas durante la jornada especial.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.cronista.com — el contenido pertenece a El Cronista.